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La Comisión Nacional de la Energía quiere tener poder regulador sobre Internet por red eléctrica

En respuesta a las consultas planteadas por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) sobre la autorización a Endesa, Iberdrola y Unión Fenosa para ofrecer Internet por red eléctrica (Power Line Communication, PLC), la Comisión Nacional de la energía respondió pidiendo cambios legislativos previos a la dichas autorizaciones.

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(Libertad Digital) En tres informes elaborados por la CNE, esta no muestra impedimentos legales para que las eléctricas presten servicios PLC, aunque propone que la concesión de las autorizaciones se supedite al desarrollo "previo" de un marco normativo, según ha informado la agencia Efe. Dichos informes analizan las peticiones planteadas por Endesa, Iberdrola y Unión Fenosa, que finalmente recibieron de la CMT la licencia C1 que habían solicitado.

Los informes señalan que la Ley del Sector Eléctrico "no impide el desarrollo de la actividad de PLC, por lo que desde el punto de vista jurídico no habría impedimento legal". No obstante, precisa que "para el desarrollo adecuado" de esta actividad "deberán adoptarse los desarrollos normativos correspondientes y necesarios". Estos desarrollos irían, según la CNE, desde la existencia de una autorización previa "de la administración competente en materia de energía", en este caso el propio organismo regulador, hasta "la determinación del régimen regulatorio económico aplicable a los ingresos derivados de esta nueva actividad". A juicio de la CNE, este nuevo desarrollo normativo "deberá existir con carácter previo al otorgamiento de cualquier autorización energética".

La CNE propone incluir un nuevo apartado 7 en el artículo 111 del Real Decreto 1955/2000 e incorporar un párrafo al Real Decreto 2819/1998. Estas dos normas regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica. Según el añadido propuesto para el Real Decreto 1955/2000, "la explotación de instalaciones de transporte o distribución de energía eléctrica para la prestación de servicios de telecomunicaciones públicas estará sometida a autorización de la CNE". El texto añade que "la autorización estará condicionada al uso prioritario de las instalaciones para el suministro de energía eléctrica" y sólo podrá denegarse cuando existan "riesgos significativos".

El organismo regulador recuerda que, según la Ley del Sector Eléctrico, la empresa dedicada a la actividad de PLC deberá estar separada jurídicamente de la compañía distribuidora. En este sentido, la CNE aboga por "preservar la separación contable de la actividad de PLC", para lo cual propone la fijación, por parte de la CMT, de procedimientos de control y vigilancia.

Los informes proponen constituir un grupo de trabajo entre la CMT y la CNE para intercambiar información económica y regulatoria sobre la contraprestación que la actividad de PLC debe otorgar a la de distribución eléctrica. La CNE ha remitido copias de los tres informes al Ministerio de Economía.

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