(Libertad Digital) La Agencia de Protección de Datos hizo público en diciembre del año pasado un informe en el que analizaba las prácticas de los "buscadores de Internet" en relación a la protección de datos de carácter personal. FACUA, que presentó una pregunta a la APD sobre la publicidad en GMail, ha elaborado una nota de prensa en la que afirma que ese documento les da la razón y convierte en ilegal el modelo de negocio de Google.
Google ofrece GMail, uno de los servicios de correo electrónico web más populares, de manera gratuita. Pero a cambio, en sus condiciones de contrato establece que puede incluir publicidad contextual en la pantalla de lectura de los correos electrónicos. Desde la aparición del servicio, ha habido quien ha considerado que esto suponía una intrusión en la privacidad de los usuarios.
Google afirma que ningún ser humano "lee" los correos de sus usuarios. El sistema utiliza su motor de búsqueda para encontrar palabras clave y presentar publicidad que sea relevante. En cualquier caso, se trata de un sistema aceptado por ambas partes: el usuario no paga nada por un servicio de correo electrónico de alta calidad y Google gana dinero con la publicidad.
El informe de la APD, que ha analizado los servicios de tres empresas que llama "buscadores de Internet" (Microsoft, Yahoo! y Google), afirma entre otras cosas que el filtrado de correos electrónicos para cualquier cosa que no sea garantizar la seguridad de las comunicaciones "no se considera conforme con la legislación española". Se basa para ello en el artículo 4 de la Directiva 2002/58/CE, que afirma que se traspone en el Artículo 34 de la Ley 32/3002.
Sin embargo, ninguno de los dos artículos prohíbe nada que tenga que ver con la publicidad contextual de GMail. El articulo 34 simplemente obliga a los operadores o prestadores de servicios de telecomunicaciones a proteger los datos de carácter personal y a informar a los abonados cuando exista un riesgo particular de violación de la seguridad. El artículo 4 de la directiva europea, por su parte, obliga en general a los proveedores de servicios a garantizar la seguridad de las telecomunicaciones, y a informar a los abonados en caso de riesgo riesgo sobre el alcance del mismo, las medidas a adoptar y el coste de las mismas.
FACUA alcanzó cierta notoriedad a finales del año pasado por denunciar como sexista el hecho de que unas azafatas de la compañía Ryanair posaran en bikini para un calendario benéfico . El hecho de que las chicas lo hicieran voluntariamente, encantadas de colaborar con un buen fin y que ni ellas ni la compañía aérea obtuvieran beneficio económico por ello no fue obstáculo para la denuncia de esta asociación de consumidores.