Pues me alegro mucho de que le haya salido mal la canallada a la SGAE, si bien la cosa es de risa, por no decir lamentable. Resulta que, si la compra la hace una empresa, entonces no tiene que pagar el atraco del canon. Pero, si la compra la hace un particular, entonces se da por hecho que es para piratear, con lo cual hay que pagar el atraco. Como a la tienda no se le ha podido probar qué porcentaje era para particulares y qué porcentaje era para particulares, la han absuelto. Magnífico. Pero los sesudos juristas europeos ya dan por hecho que TODO lo que compre un particular es para piratear.
Qué gentuza, Señor. Iros a la porra.