El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sentenciado este lunes que Reino Unido puede revertir el Brexit de manera unilateral y, por tanto, frenar su salida del club comunitario sin el permiso de los Veintisiete, al tiempo que ha señalado que, en ese caso, Londres seguiría siendo parte del bloque comunitario con las mismas condiciones que tiene en la actualidad.
"Tal revocación, decidida de acuerdo con sus propios requisitos nacionales, tendría el efecto de que Reino Unido seguiría en la UE en los mismos términos sobre su status como Estado miembro", ha informado el tribunal con sede en Luxemburgo.
El TUE ha defendido en su sentencia, sobre la que no cabe recurso, que la decisión unilateral de revocar el Brexit reflejaría "una decisión soberana" y que sería "inconsistente" con los Tratados de la UE el hecho de "forzar" su salida del proyecto comunitario si Londres comunicase su intención de frenar el Brexit.
"Condicionar ese derecho de revocación a la aprobación unánime del Consejo europeo (los líderes europeos) transformaría un derecho soberano unilateral en un derecho condicional que sería incompatible con el principio de que un Estado miembro no puede ser forzado a abandonar la UE contra su voluntad", explican los jueces europeos.
La revocación unilateral, en cualquier caso, debe ser acordada tras un "debate democrático" que cumpla con los "requisitos constitucionales nacionales" y la decisión "inequívoca e incondicional" tiene que ser comunicada por escrito al resto de jefes de Estado y de Gobierno de la UE.
Esta posibilidad, señala e Tribunal, existe siempre y cuando el acuerdo de salida pactado entre la UE y un socio comunitario -Reino Unido, en este caso-- no haya entrado en vigor o en cualquier momento durante el periodo de dos años tras la notificación de la retirada del bloque comunitario si no se ha llegado a ningún acuerdo de divorcio.
El fallo llega la víspera de que la Cámara de los Comunes vote la aprobación del Tratado de Retirada, que ha sido negociado entre Londres y Bruselas pero requiere de la ratificación de los Parlamentos británico y europeo para ser efectivo.
Hace una semana, el abogado general del TUE Manuel Campos Sánchez-Bordona ya avaló en un dictamen el derecho a cambiar de opinión de un Estado miembro que ha notificado su "intención" -no "decisión"- de abandonar la UE y revertir así el proceso de desconexión. Lo contrario, argumentó el abogado, implicaría en la práctica la "salida forzada" de la UE de uno de sus Estados miembro, que sigue siendo parte del bloque a todos los efectos.
La Gran Sala del TUE ha examinado en apenas dos meses el caso, que responde a una consulta del Tribunal Superior escocés y que ha pasado bajo el procedimiento acelerado para asegurar una conclusión antes de que se consume la salida automática de Reino Unido, el 29 de marzo de 2019.
El más alto tribunal escocés se dirigió en octubre a la Justicia europea para pedirle que aclare si Reino Unido podría revertir el proceso de manera unilateral, tal y como plantean una serie de parlamentarios escoceses.
En una vista celebrada el 27 de noviembre, el abogado de la parte europea, Hubert Legal, defendió que no es posible modificar la fecha de salida de Reino Unido si no es con el visto bueno unánime de los 27.
De lo contrario, añadió el letrado, se podría dar el caso de que un Estado miembro notifique su deseo de salirse de la Unión para buscar mejores condiciones, de tal forma que se pueda "atraer a la oveja notificadora de vuelta al rebaño".