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Hoy no me voy sin darle otra idea a estos pipiolés del gobº ppro, que no discuren nada para ahorrar y no malgastar. Subsidio del paro. Si se cobra una indemnización limpia o le retira la empresa anticipadamente, xq cobrar el paro.

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Hoy no me voy sin darle otra idea a estos pipiolés del gobº ppro, que no discuren nada para ahorrar y no malgastar. Subsidio del paro. Si se cobra una indemnización limpia o le retira la empresa anticipadamente, xq cobrar el paro.
Enviado por McAlvar el día 8 de Abril de 2012 a las 19:53
Si se cobra una indemnización limpia o le retira la empresa anticipadamente, xq cobrar el paro.

Si la indemnización da para 2.500€ mes durante 5 años = €150.000 o 3 años €90.000, porque el subsidio de desempleo. Seguro que si no cobra el subsidio, se buscará curro más rápido. Estamos en tempus horribilis y si alguien tiene que perder derechso o pagar más impuestos, porque el subsidio de desempleo, cuando hay suficviente para vivir sin trabajar 3 o 5 años.

Jubilación anticipada por la empresas. Se cobran todo el paro y nunca van a buscar trabajo, porque la empresa les paga la diferencia y luego la jubiliación. Que razón hay para cobrar el subsidio de desempleo, cuando nunca se vá a trabajar. Quien se arriesgaría a perder el chollo de la jubiliación, volviendo a trabajar. Es darle a quien tiene un chollo y que además puede trabajar en oscuro o semiblanco otrr chollo más. Rídiculo. Bueno, más bien absurdo como casi todo en este país.
Creo que es más factible, modificar las cuantías de las indemnizaciones que cuestionar el cobro del paro. Los trabajadores, tanto el despedido como los que continuan en activo ++
Enviado por Caba el día 8 de Abril de 2012 a las 20:08

continuan cotizando por ese concepto.

Una determinación así causaría sensación de inseguridad jurídica. En todo caso actuar sobre las cantidades máximas qque se pueden percibir estando en paro, o la cuantía de su duración.

Pero este si que realmente es un tema delicado al que tendría mucha y razonada oposición.

Incluso el reconocer la carencía de fondos, dificilmente lo justificaria ante la población.

Un saludo
Pues ya ve la opòsición que hay contra la indemnización por despido. Pero aún así, si el importe que se cobra da para vivioalgadamente unos años, el paro solo hace que no se busque trabajo rápido. En el caso de jubilación empresarial anticipada es totalme
Enviado por McAlvar el día 8 de Abril de 2012 a las 20:31
En el caso de jubilación empresarial anticipada es totalmente absurdo e innecesario y los prejubilados lo corroboran, porque ellos no cobran más, Es un incentivo para la empress que los jubila.

Lo que cada persona individualmente y su empresa cotizan a nivel de empleado por desempleo, no cro que cubra lo que cobra un deseempleado que tenga derecho a todo el tiempo de desempleo. Es poco,lo que pasa es que son muchos contgriibuyendo. PEro estamos en una situación en la que no hay, n hay, luego no puede aahaber lujos y chollos. Es para quien lo necesita porque no tiene nadamás.
Efectivamente, el paro se sustenta del pago solidario de todos los cotizantes, no de la aportación individual del trabajador ++
Enviado por Caba el día 8 de Abril de 2012 a las 20:38
pero en este momento, con los niveles de paro que hay, es dificil decir que simplemente la gente no trabaja, por ganas de no buscarse la vida y porque ya cobra el subsidio.

Aunque esos caso ses dificil que no se den en cualqier circunstancia.

Un saludo
Ya perro si se cobra la jubilación o se recibe una indemnización que de para vivir relativamente bien unos cuantos años. Es que no hay dinero, nopodemos seguir endeudándones. Ese fondo solidario no tien fondos. Se está financiando con deuda.
Enviado por McAlvar el día 8 de Abril de 2012 a las 20:42
Bueno en las prejubilaciones, en muchos caso se considera, el paro como un periodo de transición ++
Enviado por Caba el día 8 de Abril de 2012 a las 20:50
para llegar a la edad de jubilación.

Que no digo que este bien, pero es con lo que han jugado la banca y las grandes empresas, que son las que con más asiduidad las han aplicado, incluidas las épocas de vacas gordas, antes de esta crisis.

Un saludo
Las leyes no dicen nada- Para los ciudadanos cumplidores siempre son legales y hay q cumplirlas, hasta que viene otro y las cambia y se hace lo contrario. Cuando hay jubilación, no hay periodo de transición. La empresa lo prejubila.
Enviado por McAlvar el día 8 de Abril de 2012 a las 20:58
Cuando hay jubilación, no hay periodo de transición. La empresa lo prejubila.
El desempleo es pura ficción, porque no hay despido, hay un acuerdo voluntario de jubilación anticipada. Como no puede se otra cosa.
Es una práctica habitual recurrir al desempleo, cuando esas prejubilaciones son entre los 52 o 55 años, se dan esas circunstancias. ++
Enviado por Caba el día 8 de Abril de 2012 a las 22:07
<<
Por ejemplo, un trabajador de 55 años prejubilado cobra hasta los 57 años la prestación por desempleo y la empresa ingresa de una vez las cuotas sociales correspondientes a cuatro años -de los 57 a los 61 años, edad mínima para acogerse a la jubilación anticipada-. Ello supone una importante aportación de liquidez en un momento en que el gasto en pensiones no cesa de aumentar y presiona las cuentas públicas.>>

http://www.cincodias.com/articulo/economia/seguridad-social-hace-caja-prejubilaciones-banca/20110418cdscdieco_3/

Un saludo