En una sentencia del pasado 27 de septiembre, la Sala de lo Social del TSJ de Aragón desestima los motivos de impugnación presentados por Pablo Echenique contra el fallo del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza del pasado mes de enero y reitera la existencia de una relación laboral entre el político y su asistente, según la información de El Heraldo de Aragón de la que se hace eco Europa Press. El secretario de Acción de Gobierno de Podemos, por su parte, ha anunciado que recurrirá el fallo al considerarlo "injusto" y está dispuesto a llegar "hasta donde haga falta".
En su fallo del pasado mes de enero, el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza declaraba la existencia de una relación laboral especial por cuenta ajena entre el empleador y el trabajador Eduardo P.S., a los efectos de alta y cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, en el periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2015 y el 30 de abril de 2016.
Pago en efectivo, sin facturas ni contrato
La infracción se cometió en dos periodos, entre septiembre de 2011 y junio de 2012 y de marzo de 2015 hasta abril de 2016, si bien la multa corresponde a esta segunda etapa por haber prescrito el incumplimiento legal en el caso del primer periodo.
En los hechos probados de la sentencia se relata que Pablo Echenique, reconocido como persona en situación de dependencia, era perceptor de una prestación económica de cuidados en el entorno familiar desde el 24 de agosto de 2016.
Después de un problema con la empresa que ofrecía un servicio de ayuda a domicilio, Echenique y el auxiliar que realizaba el trabajo, Eduardo P.S., mantuvieron su relación laboral en los mismos términos existentes hasta ese momento en cuanto a las actividades del asistente, sin la intervención de la compañía.
Aunque la relación cliente-auxiliar continuó, esta no se formalizó por escrito, es decir, no hubo contrato. Echenique pagaba a su auxiliar lo mismo que previamente, pero en efectivo los días trabajados y sin facturas.
Eduardo P.S. mantuvo su labor como asistente de Echenique hasta junio de 2012, cuando el político le comunicó que prescindía de sus servicios ya que las tareas las realizaría desde ese momento su mujer y su madre.
Según consta en la sentencia, Eduardo P.S. no estuvo de alta en la Seguridad Social en ninguno de sus regímenes y sistemas por la realización de esta actividad de asistente de Echenique en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2011 y junio de 2012.
De nuevo en marzo de 2015
Después, en marzo de 2015, Echenique requirió de nuevo los servicios de Eduardo P.S., por lo que trabajó de nuevo para él desde el 16 de marzo de 2015, en este caso de lunes a sábado, además de algún domingo esporádico, una hora diaria por la mañana y al mismo precio de 11 euros la hora, con las mismas labores de asistencia temporal, hasta el 30 de abril de 2016, fecha en la que Echenique comunicó al trabajador que no requeriría más sus servicios.
El trabajador no estuvo dado de alta en la Seguridad Social en ninguno de sus regímenes y sistemas por la realización de esta actividad en este periodo de tiempo comprendido entre marzo de 2015 y abril de 2016.
Tras conocer el caso, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social inició una investigación sobre las posibles irregularidades existentes en esta relación de trabajo y, como resultado, el 19 de abril de 2017 levantó acta de liquidación a Pablo Echenique por falta de alta y cotización al Régimen General de la Seguridad Social, en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, por el trabajador Eduardo P.S., por el periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2015 y el 30 de abril de 2016.