Los datos oficiales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ponen negro sobre blanco al habitual alarmismo y manipulación que existe en torno a la violencia de género. Así, de los 1,69 millones de denuncias registradas desde finales de 2004, momento en el que entra en vigor la Ley de Violencia de Género, hasta 2017, tan sólo el 23% acaban en condena por parte de los tribunales, mientras que el 77% restante terminan sin resolución, archivadas, sobreseídas o con una sentencia absolutoria, tal y como avanzó Libertad Digital.
Esto desmonta, entre otras cosas, la reclamación del "yo sí te creo", tan extendida entre los movimientos feministas y los partidos de izquierda, puesto que las acusaciones hay que demostrarlas ante los tribunales, al tiempo que tumba la afirmación de que el número de condenas es muy superior al de absoluciones (63% frente a 37%), dado que la mayoría de los casos no llegan ni siquiera a juicio por falta de indicios.
Ahora bien, dentro del total de casos enjuiciados (1,23 millones), resulta relevante distinguirlos en función de la gravedad del delito presuntamente cometido. No en vano, muchos políticos y medios de comunicación dan a entender que todas las denuncias sobre violencia de género hacen referencia a terribles casos de maltrato y asesinato, cuando, en realidad, el análisis de las estadísticas del Poder Judicial arrojan una imagen muy diferente. En este sentido, cabe distinguir tres grandes tipos de delitos:
- Juzgados de Violencia sobre la Mujer (J.V.M.): se encargan de atender las denuncias sobre violencia de género que implican exclusivamente a varones y que, además, son calificadas como delitos leves, castigados con penas no superiores a dos años. A este respecto, conviene destacar que, gracias a la discriminación que introduce la Ley de Violencia de Género, estos mismos delitos reciben la consideración de simples faltas en caso de ser cometidas por mujeres. Así, por ejemplo, mientras que las amenazas conllevan penas de entre 6 meses y 1 año de prisión para los hombres, el castigo se reduce a entre 4 y 8 días de localización en el domicilio para las mujeres.
- Juzgados de lo Penal (J. Penal): si la denuncia se refiere a un delito de entidad penal, pero no grave, con penas de entre 2 y 5 años de cárcel, se eleva a los Juzgados de lo Penal, que es una instancia superior.
- Audiencias Provinciales (Aud. Prov.): por último, estos órganos se encargarían de los delitos de máxima gravedad, que implican penas superiores a los cinco años de prisión. Y es aquí donde se ubicaría, precisamente, lo que la inmensa mayoría de la gente entiende por "violencia de género" en sentido estricto, es decir, los casos de malos tratos e incluso asesinatos de los que se suelen hacer eco políticos y medios de comunicación.
Pues bien, los datos evidencian que el 69% de las resoluciones son dictadas por los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, mientras que el 30,5% corresponden a los Juzgados de lo Penal y tan sólo el 0,32% restante son enjuiciados por las Audiencias Provinciales. Dicho de otro modo, a diferencia de lo que se suele aducir, la inmensa mayoría de los casos que se engloban bajo el título de "violencia de género" son delitos leves -meras faltas si fueran cometidos por mujeres-, desde riñas y discusiones hasta insultos en el ámbito de la pareja. Los casos más graves de violencia, por el contrario, son marginales.
En concreto, desde el cierre de 2004, unas 852.000 denuncias han sido juzgadas como delitos leves (antiguas faltas), 377.000 como delitos no graves y apenas 3.895 implicaron delitos de gravedad máxima. Así pues, los casos de extrema violencia, siendo dramáticos, son algo residual en el ámbito de la violencia de género, una realidad que, sin embargo, contrasta de forma muy sustancial con los mensajes que recibe la opinión pública, donde el hombre es visto como una especie de asesino en potencia, mientras que todas las mujeres son susceptibles de ser asesinadas.
Otro dato relevante es que la mayoría de los denunciados por delitos leves en los Juzgados de la Violencia sobre la Mujer, tres de cada cuatro, acabaron resultando inocentes, con cerca de 656.000 resoluciones -la suma de archivos, sobreseimientos y absoluciones-, frente a las 196.000 sentencias condenatorias.
En los Juzgados de lo Penal, por el contrario, el número de condenas y absoluciones es muy similar, con 183.000 inocentes y 193.000 condenados. Y, por último, en las Audiencias Provinciales, donde se resuelven los delitos graves, predomina la sentencia de culpabilidad (77%), con 2.998 condenas, frente a 897 sobreseimientos, archivos y absoluciones.
Nota: el epígrafe "Inocentes" incluye la suma de sobreseimientos, archivos y absoluciones.
Por último, si se eliminan del análisis las denuncias que no alcanzan una terminación concreta y las que son sobreseídas o archivadas por falta de indicios, limitando así el campo a los casos que, finalmente, llegan a juicio, su número asciende 622.107 desde 2004, a una media de 48.000 al año, una cifra equivalente al 37% del total de denuncias presentadas y al 50% de las denuncias que cuentan con una resolución concreta por parte de los tribunales.
Y, de celebrarse juicio, las estadísticas del Poder Judicial indican que el 63% de los casos acaban con una sentencia condenatoria y un 37% terminan con la libre absolución del denunciado. Este es, precisamente, uno de los datos a los que se agarra el feminismo para exacerbar la violencia del hombre, al tiempo que se minimiza el fenómeno de las denuncias falsas.
Sin embargo, obvian que el 77% de todas las denuncias por violencia de género registradas en España desde 2004 concluyen en un dictamen de inocencia (sin resolución, archivo, sobreseimiento o absolución) y que del total de resoluciones judiciales tan sólo un 0,3% implican delitos graves. En concreto, el análisis de los datos oficiales arroja las siguientes conclusiones:
- Del total de denuncias presentadas en España desde 2004 (1,69 millones):
- Un 77% no acaban en condena.
- El 23% de los denunciados son condenados.
- De las denuncias que presentan algún tipo de resolución judicial (1,23 millones):
- El 68,2% de los encausados son declarados no culpables.
- La mitad de las denuncias son directamente sobreseídas sin necesidad de juicio.
- El 31,8% resultan condenados.
- Y en cuanto a la gravedad de las denuncias resueltas:
- Un 69% son por delitos leves -calificados como faltas antes de la Ley de Violencia de Género- y son resueltos en los Juzgados de la Violencia sobre la Mujer.
- Un 30% son delitos no graves, resueltos en los Juzgados de lo Penal.
- Un 0,3% son delitos graves, resueltos en las Audiencias Provinciales.