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La Fiscalía renuncia a perseguir los posibles delitos del Caso Cuadrifolio en Madrid

La rama madrileña del caso Cuadrifolio llegó la pasada semana a un juzgado de Madrid con una sorprendente actuación de la Fiscalía.

Sorprendente es, probablemente, la palabra que mejor define el comportamiento de la Fiscalía en las sesiones del juicio por la rama en la Comunidad de Madrid del caso Cuadrifolio, que la pasada semana llevó al banquillo al exalcalde socialista de Leganés y prácticamente toda la corporación municipal de la ciudad en 2007.

El caso nació después de que se comprobase que el Ayuntamiento de Leganés, cuyo alcalde era entonces José Luis Pérez Raez, adjudicó un contrato de 100.000 euros por unas carpas que nunca llegaron a instalarse. La propia adjudicación fue irregular pero más llamativo resultó que se pagase –con gran celeridad tras las elecciones, por cierto- pese a que las carpas no llegaron a usarse nunca.

La interventora sí avisó

Uno de los testimonios que se pudo escuchar fue el de la interventora municipal, Teresa Pascual, que afirmó ante el tribunal que ella misma informó, tanto por escrito como oralmente, de que existían irregularidades en el expediente de contratación.

Además, Pascual explicó que no existía reserva de crédito para el gasto, por lo que el pago de todo el material a Cuadrifolio tuvo que aprobarse mediante un reconocimiento extrajudicial de crédito que no hace la operación menos sospechosa, precisamente.

Por otro lado, un representante de Cuadrifolio testificó y declaró que el material comprado por el ayuntamiento -en la factura constaba que eran elementos de albañilería para una inauguración- nunca salió del almacén, que no existe albarán de salida y que nunca más se supo de él.

Fiscal defensor

Pero pese a la evidencia de las irregularidades el comportamiento del fiscal del caso fue, según todos los presentes, más propio de un abogado defensor. Para empezar, pasó de puntillas tanto por las irregularidades de la adjudicación como por el hecho de que el pago se gestionase de forma urgente por la nueva corporación municipal, algo que consideró irrelevante.

El argumentario del fiscal llegó a ser grotesco cuando explicó que muchos miembros del equipo de gobierno en el ayuntamiento podían desconocer el informe de la intervención municipal, por lo que basaron su voto en la decisión del resto.

Un principio que, además de basarse en una suposición, de aplicarse de forma generalizada haría imposible condenar por delitos como prevaricación a ningún grupo de personas, ya sean gobiernos de cualquier administración, juntas directivas en empresas u organismos…

Finalmente, la Fiscalía argumentó que no se podía acreditar el dolo y que no hay indicios de delito sino, como mucho, una falta administrativa que no debería criminalizarse por la vía de lo penal. Lo que sin duda se ha podido acreditar y queda fuera de toda duda es el escaso interés del fiscal en perseguir la corrupción.

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