Irregularidades en los contratos de publicidad del primer Gobierno Zapatero
Algunos fueron troceados para disminuir su cuantía. Censura los "heterogéneos" criterios para la licitación y adjudicación.
El Tribunal de Cuentas ha detectado numerosas "deficiencias" en los contratos de publicidad y propaganda de los Ministerios económicos y sus organismos autónomos del Gobierno socialista en la primera legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero (2005-2007).
En un informe que acaba de remitir al Congreso de los Diputados y al que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal de Cuentas denuncia por un lado "un elevado número de deficiencias e irregularidades" en la justificación de los expedientes de gasto. Entre otras cosas, ha observado que no se ha contado con planes de medios ni el detalle de aquellos en los que se realiza la difusión, y que faltan certificados de emisión y comprobantes de las inserciones en prensa.
También señala "deficiencias que afectan a numerosos contratos" como una insuficiente justificación de la necesidad del objeto del contrato, una inadecuada concreción de dicho objeto y unos pliegos de cláusulas particulares de los contratos que no detallan las obligaciones del contratista ni el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación.
Contratos fraccionados para eludir el control
En otro momento indica la existencia de contratos menores que parecen responder al fraccionamiento del contrato para disminuir la cuantía y así eludir los requisitos de publicidad. Pone como ejemplo una serie de contratos del FROM (Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos) con una misma empresa para el mantenimiento de la web del organismo del Ministerio de Agricultura en 2005 y 2006, una situación que se regularizó al año siguiente.
Asimismo, la institución fiscalizadora censura los "heterogéneos" criterios para la licitación y adjudicación de los contratos relativos a la creación y difusión de publicidad, así como la falta de mecanismos para la cuantificación y valoración del cumplimiento de los objetivos de las campañas publicitarias, pues generalmente no hay ni estudios previos ni posteriores.
En ese contexto, el Tribunal de Cuentas recomienda que estos contratos de publicidad y comunicación institucional no computen como inversiones reales, sino como gastos corrientes y aconseja que los órganos de contratación revisen la precisión de los contenidos de los pliegos de condiciones particulares de los contratos y que se ocupen de medir el impacto de las campañas.
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