El Tribunal de Cuentas ha desactivado la causa del 1-O tras corregir su decisión inicial y admitir ahora los avales presentados por la Generalidad de Cataluña para cubrir las responsabilidades de los golpistas que alcanzaban los 5,4 millones de euros por el referéndum ilegal y la denominada acción exterior.
Tal y como avanzó Libertad Digital el pasado mes de noviembre, ERC había exigido al Gobierno de Pedro Sánchez desmantelar el tribunal a cambio de apoyar los Presupuestos Generales del Estado. Finalmente, los socialistas y los populares acordaban renovar el tribunal.
Los excargos afectados por esta decisión, entre los que se encuentran los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas, y el exvicepresidente Oriol Junqueras, evitan de esta manera el embargo de sus bienes, que ya había sido acordado por la instructora pero que nunca llegó a ejecutarse.
El fallo de este lunes va en contra del criterio que siguió en octubre de 2021 la delegada instructora Esperanza García Moreno, cuando rechazó los 28 avales del ICF, dependiente de la Generalitat de Cataluña, presentados para cubrir su parte de la fianza. La votación ha dividido a la sala, y de hecho cuenta con un voto particular contrario a la decisión.
La delegada instructora en octubre señalaba que "atendiendo a la coherencia del sistema de indemnidad del agente público", y a la interpretación de las normas jurídicas conforme al artículo 3 del Código Civil, "el afianzamiento mediante aval garantizado con fondos públicos de las conductas dolosas o marcadas por actos realizados con negligencia o culpa grave no puede quedar legalmente amparado".
En el marco de su argumento, citaba también el Régimen Jurídico del Sector Público, que "no contempla que se pueda proceder, en ningún caso, a dar cobertura pública al patrimonio privado de las personas al servicio de la Administración que hubieran obrado con dolo, o culpa o negligencia grave en la generación del daño, sea este ocasionado a aquella o a terceros".
Cabe destacar que la garantía que representan los avales de la Generalidad a los golpistas del 1-O puede extenderse legalmente hasta que la sentencia que se dicte sea firme. Además, la resolución del Tribunal de Cuentas se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, y previsiblemente ante la justicia europea.