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El Supremo tumba los recursos contra el indulto a los golpistas del 1-O por "falta de legitimación"

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima las alegaciones previas presentadas por la Abogacía del Estado contra los decretos de los indultos.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima las alegaciones previas presentadas por la Abogacía del Estado contra los decretos de los indultos.
Los golpistas indultados tras su salida de prisión | EFE

El Tribunal Supremo ha tumbado los recursos presentados contra el indulto a los golpistas del 1-O concedido por el Gobierno de Pedro Sánchez por "falta de legitimación" de los recurrentes.

Según un comunicado, "la Sección Quinta de la Sala de Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha concluido hoy la deliberación de las alegaciones previas formuladas por la Abogacía del Estado en los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra los Reales Decretos que concedieron los indultos".

"La Sala ha decidido por mayoría", añade, "estimar las referidas alegaciones previas en relación con la falta de legitimación activa en todos y cada uno de los recursos interpuestos". Es decir, el Supremo ha rechazado todos los recursos aceptando las alegaciones de la Abogacía del Estado.

Dicha decisión ha sido adoptada por tres votos a favor y dos en contra. De los magistrados que componen la Sección Quinta Segundo Menéndez, Octavio Herrero y Ángeles Huet se han mostrado favorables a rechazar los recursos. Mientras, Wenceslao Olea y Fernando Román se han posicionado a favor de admitirlos.

Los recurrentes son: Convivencia Cívica Catalana; los dirigentes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra; partido político VOX; partido político Partido Popular; diputados y exdiputados del Parlamento de Cataluña del Partido Popular Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán; el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Milló; y la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén.

La "legitimación" es la relación especial que debe existir entre el recurrente y el objeto del procedimiento. El Supremo considera que los citados recurrentes no están legitimados para presentar un recurso sobre el indulto a los golpistas.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital aseguran que esta decisión puede ser recurrida en súplica ante la propia Sección, aunque deja los recursos contra los indultos "heridos de muerte". El contenido íntegro de los autos se conocerá en los próximos días.

Recordamos que el Ejecutivo indultó al exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras; a los exconsejeros, Raül Romeva, Jordi Turull, Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Santi Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundò; a la expresidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell; al expresidente de la ANC, Jordi Sánchez; y al presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart.

El pasado mes de octubre, la Sala Tercera del Supremo también rechazó el recurso de Vox y PP contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado por "falta de legitimación" activa de los dos partidos políticos

La "legitimación" de los recurrentes

Tal y como publicó este diario, una de las claves a la hora de resolver los recursos que se presentasen contra los indultos era "la legitimación" de los recurrentes. A priori, Vox tenía más posibilidades de considerarse legitimado por haber ejercido la acusación popular en la causa sobre el 1-O, no obstante, eso no significa que se vaya a aceptar el recurso.

El Ejecutivo acordó el indulto a los golpistas del 1-O en Consejo de Ministros después del informe contrario presentado por la Fiscalía y por el Tribunal Supremo. La Sala Penal del Supremo que preside el magistrado Manuel Marchena afirmaba que el indulto "es una solución inaceptable", que "la petición de indulto no activa una segunda instancia ante el Gobierno de la Nación" y recordaba además que "algunos de los que aspiran al beneficio del derecho de gracia son precisamente líderes políticos de los partidos que, hoy por hoy, garantizan la estabilidad del Gobierno llamado al ejercicio del derecho de gracia".

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