
Los animales han dejado de ser "cosas" y pasan a considerarse seres "sintientes", pero la ley del PSOE tiene más consecuencias: las personas que hayan sido condenadas o tengan un proceso abierto por maltrato a un animal podrán perder la custodia de sus hijos en caso de separación o divorcio, según recuerdan los abogados de familia.
La presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), Mariló Lozano, ha precisado en declaraciones a Europa Press que "puede no darse una situación de violencia contra los niños o contra la pareja pero el maltrato animal es una forma de violencia hacia la familia". De esta forma, si una persona maltrata y mata a su mascota, esto sería "un impedimento total para tener la custodia de sus hijos o la custodia compartida" en un caso de separación o divorcio.
La reforma afecta al Código Civil de modo que el bienestar de los animales deberá ser tenido en cuenta en los procesos de separación o divorcio a la hora de concretar el régimen de convivencia, custodia, cuidado de estos, régimen de visitas y será el juez el encargado de decidir a quién entregar el cuidado de estos en función de su bienestar.
Custodia compartida de mascotas y menores
En todo caso, Lozano ha precisado que, con anterioridad a esta ley, ya era "habitual" que se regulara la tenencia de los animales de compañía en las separaciones o divorcios por mutuo acuerdo y, normalmente, se decidía que la mascota estuviera "en los mismos tiempos de estancia con los niños", con independencia de quién fuera el dueño.
Lo que no se introducía hasta ahora, según puntualiza Lozano, es "cómo repartir el tiempo de convivencia o cómo asumir los gastos" que supone la tenencia del animal en los procesos contenciosos.
Ahora, con esta nueva ley, se introduce, como medida relativa a los procesos, tanto si hay mutuo acuerdo como si no, la tenencia de los animales, el reparto de su convivencia, las responsabilidades del cuidado o los gastos de veterinario o alimentación.
En cuanto a los animales que se consideran de compañía, Lozano precisa que la casuística es amplia pues las mascotas pueden ser desde los perros y los gatos, los más habituales, hasta peces, conejillos, loros, reptiles, tortugas o incluso caballos.