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Las declaraciones de Yolanda Díaz sobre el 8-M abren una "complicada" vía de reclamación patrimonial al Gobierno

Fuentes jurídicas consultadas por LD aseguran que los afectados pueden presentar una reclamación contra el Ejecutivo por "su falta de actuación".

Fuentes jurídicas consultadas por LD aseguran que los afectados pueden presentar una reclamación contra el Ejecutivo por "su falta de actuación".
Carmen Calvo, Begoña Gómez y Nadia Calviño en la manifestación feminista del 8-M. | C.Jordá

Las declaraciones de la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, sobre el 8-M y la pandemia de la covid-19 abren una "complicada" vía de reclamación patrimonial contra el Gobierno de Pedro Sánchez.

Díaz reconoció este jueves en una entrevista que era consciente de la gravedad de la pandemia antes de las marchas feministas del 8 de marzo de 2020: "Yo el 15 de febrero, como ya la pandemia azotaba fuertemente a Italia, convoqué a mi equipo porque tenía la convicción de que Italia es España y por tanto teníamos que desplegar un montón de medidas porque veíamos lo que iba a pasar. Tanto fue así que el 4 de marzo, si lo recordamos, presenté una guía que fue enormemente polémica en el Gobierno y también fuera se me acusó de ser una alarmista. En fin, esto fue en la antesala del 8 de marzo".

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital aseguran que "los afectados o víctimas de la covid-19 pueden presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Gobierno de Pedro Sánchez por su falta de actuación" para frenar la expansión de la covid-19, tal y como establece la Constitución y la Ley. Si el Ejecutivo rechaza la reclamación de forma expresa o a través del silencio administrativo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se encargaría de dirimir dichas reclamaciones.

El artículo 106 de la Constitución Española señala que "los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican" y que "los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".

Mientras, el artículo 32 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público apunta que "los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley".

Las mismas fuentes consultadas por LD aseguran que "la reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Gobierno tiene más posibilidades de prosperar que la vía penal, se puede intentar aunque será igualmente muy complicado, ya que se tendría que acreditar individualmente el daño causado" y otra serie de preceptos.

"En primer lugar, las declaraciones de Yolanda Díaz no serían suficientes. Es necesario acreditar un conocimiento completo, suficiente, claro, total y absoluto por parte del Gobierno de los efectos que iba a producir la pandemia. En segundo lugar, se debería demostrar que el Ejecutivo de forma consciente y deliberada no adoptó las medidas para eliminar o reducir el riesgo de la covid-19", destacan.

"Por último", añaden, "la vía administrativa se encontraría nuevamente con el problema de conseguir acreditar la causalidad. Es decir, que la asistencia a la manifestación del 8-M provocó el contagio de la persona afectada". Cabe destacar, que la causalidad fue uno de los principales factores que obligaron a archivar la investigación penal de la titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel.

La Sala Penal del Supremo abrió la vía administrativa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo rechazó en diciembre del año pasado la admisión a trámite de 20 querellas y 30 denuncias presentadas contra el Gobierno de Pedro Sánchez por su gestión durante la pandemia de la covid-19, al considerar que no estaba debidamente justificada la autoría de los hechos punibles atribuidos a los miembros del Ejecutivo.

Dichas denuncias y querellas habían sido presentadas por distintos sindicatos, asociaciones, organizaciones profesionales del ámbito de la sanidad y de las Fuerzas de Seguridad, familiares de víctimas del coronavirus y Vox. La Fiscalía a través del informe elaborado por el entonces teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, pidió en septiembre del mismo año el archivo masivo de todas las denuncias y querellas.

No obstante, la Sala Penal del Supremo ya abrió en su resolución la puerta a la vía administrativa: "Resulta innecesario puntualizar que la Sala no puede quebrantar el ámbito funcional que le es propio. No abordamos otras formas de reparación al alcance de las víctimas en otros órdenes jurisdiccionales. Los daños ligados al funcionamiento anormal de un servicio público son directamente indemnizables en la jurisdicción contencioso-administrativa".

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