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La Sala Penal de la Audiencia Nacional reabre la causa contra Ghali porque Pedraz no es competente para archivarla

La causa contra Ghali debe instruirse como un sumario y la decisión de sobreseimiento es "exclusiva" de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional.

La causa contra Ghali debe instruirse como un sumario y la decisión de sobreseimiento es "exclusiva" de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional.
El juez Santiago Pedraz. | EFE

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado el archivo dictado por el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5, Santiago Pedraz, el pasado 29 de julio respecto al líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, tras la querella presentada por delitos de genocidio por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos .

El tribunal estima parcialmente los recursos presentados por los querellantes y explica que la presente causa se inició en virtud de querella por presuntos delitos de genocidio en concurso con delitos asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones.

La Sala recuerda que los delitos tipificados en la querella se deben tramitar como sumario y no como se ha tramitado en este caso por el juzgado, como diligencias previas de procedimiento abreviado. El Tribunal añade que en el sumario la decisión de sobreseimiento es "exclusiva" de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional, una decisión que puede ser recurrida en casación de acuerdo con el artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento criminal.

Por ello, los magistrados concluyen que el juez central de Instrucción carecía de competencia para tomar la decisión de sobreseer la causa y lo revoca para que, previa acomodación del procedimiento, el juez acuerde, con libertad de criterio, lo que estime procedente en relación a la conclusión de sumario con o sin procesamiento.

En junio, Ghali quedaba en libertad sin medidas cautelares, tras su declaración de menos de 2 horas por videoconferencia ante el juez Pedraz. Una declaración que se efectuaba desde el hospital de Logroño, donde permanece ingresado por covid-19 y en la que ha defendido su inocencia.

Pedraz rechazaba entonces decretar la prisión provisional ni otro tipo de medidas cautelares respecto Brahim Ghali. En sendos autos que respondían a la petición de medidas por los querellantes en las dos causas por las que ha declarado, el magistrado acordaba que Ghali aportase un domicilio y teléfono en España a fin de estar localizado. Posteriormente, Pedraz decidía archivar la causa.

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