La Abogacía General del Estado que dirige Consuelo Castro puso alfombra roja al Gobierno de Pedro Sánchez durante el primer estado de alarma decretado por la pandemia de la covid-19. Dicho estado de alarma lo tumbó el Tribunal Constitucional el pasado mes de julio, tras el recurso presentado por Vox.
El Alto Tribunal declaró inconstitucional el confinamiento del primer estado de alarma al considerar que los derechos fundamentales de circulación y reunión fueron suspendidos y no limitados. Por ello, las medidas adoptadas habrían sido más propias del estado de excepción que del estado de alarma acordado por el Ejecutivo.
Libertad Digital ha tenido acceso a varios informes emitidos por la Abogacía General, firmados por la abogada general Consuelo Castro. Concretamente, los que elaboraron los servicios jurídicos del Estado con motivo de la segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta prórrogas del primer estado de alarma.
A pesar de que el TC tumbó el primer estado de alarma, los informes de la Abogacía no hacen más que avalar y dar el visto bueno a todas las medidas acordadas por el Gobierno afirmando que dichas propuestas se "ajustan a derecho", exceptuando alguna pequeña matización o puntualización aislada, que "se aconseja" aclarar o explicar.
Fuentes jurídicas consultadas por LD consideran "vergonzoso" que la Abogacía General del Estado se haya convertido en la "Abogacía del Gobierno" tras la llegada de Pedro Sánchez a la presidencia. "La Abogacía tenía la misión de asesorar al Ejecutivo sobre las medidas que quería adoptar durante la pandemia y prevenir sus errores, no servirle de coartada. La Abogacía General del Estado tiene un problema grave y la sentencia del Tribunal Constitucional la deja completamente en evidencia", añaden.
La formación de Santiago Abascal recurrió ante el TC el primer y el segundo estado de alarma, el cierre del Congreso durante la pandemia. Solicitó además al Ejecutivo que entregase los informes de la Abogacía del Estado hace más de un año sobre el estado de alarma, iniciando por este asunto otro proceso judicial en el Alto Tribunal que el Gobierno intenta cerrar por la puerta de atrás. A pesar de ello, el Ejecutivo sigue ocultando 5 informes sobre los decretos de 14 y 17 de marzo de 2020, la primera prórroga del estado de alarma, el plan de desescalada y la ampliación de seis meses aplicada en octubre de 2020.
Desde la llegada de Sánchez a la Moncloa, la Abogacía General del Estado ha sido protagonista de varios escándalos. Cambió su calificación del delito de rebelión a sedición en el juicio sobre el golpe del 1-O, avaló la supuesta inmunidad de Oriol Junqueras como europarlamentario cuando estaba encarcelado, se puso de perfil en la petición de indulto a los golpistas y últimamente su actuación también ha dificultado la entrega de Carles Puigdemont a nuestro país.
Los informes sobre el estado de alarma
En el informe sobre la segunda prórroga del estado de alarma, al que ha tenido acceso LD, la Abogacía General del Estado afirma que "la propuesta de Acuerdo remitida para informe es ajustada a derecho, pues incorpora con el detalle necesario la motivación exigida por el artículo primero, apartado dos, de la Ley Orgánica 4/1981, para esta segunda solicitud de prórroga del estado de alarma que fue declarado mediante el Real Decreto 463/2020".
Misma conclusión se alcanzar en el informe de la tercera prórroga aunque se recomienda "introducir en la parte expositiva de la propuesta de Acuerdo alguna suerte de justificación que permita conocer las razones" por las que se que se habilitaba al entonces ministro de Sanidad, Salvador Illa, para modificar, ampliar o restringir las medidas, lugares, establecimientos y actividades durante la pandemia por razones justificadas de salud pública.
El informe sobre la cuarta prórroga también concluye que "se ajusta a derecho". No obstante, apunta que "resultaría aconsejable" una aclaración sobre la habilitación efectuada en la anterior prórroga a Illa y una explicación para que el ministro concrete "los términos" en que se producirá el levantamiento de las restricciones a la libertad de circulación en el ámbito de la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada. Por último, propone sustituir la expresión "a estos efectos" recogida en un párrafo del acuerdo por "en el marco de las decisiones que se adopten sobre la progresión de las medidas de desescalada", para mejorar su "entendimiento".
El siguiente informe de la Abogacía General estudia las medidas de desescalada del Gobierno previstas en su quinta prórroga del estado de alarma hasta el 27 de junio del 20202. La Abogacía afirma al respecto que la propuesta es "ajustada a derecho", nuevamente ya que "nada hay de objetable desde el punto de vista jurídico en estas medidas, que pueden considerarse el acompañamiento lógico al avance sustancial que el proceso de desescalada debería experimentar en el período de esta nueva prórroga".
En la sexta prórroga, la Abogacía de Consuelo Castro también concluye en su informe que "la propuesta de Acuerdo remitida para informe se ajusta a derecho, al incorporar la motivación exigida por el artículo primero, apartado dos, de la Ley Orgánica 4/1981, para esta nueva solicitud de prórroga del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo".