El juez procesa al exministro Fernández Díaz y a la excúpula de Interior en la Kitchen y exonera a Cospedal
Según el juez, la imputación a Cospedal de una participación intelectual no deja de ser, "resultado de una inferencia voluntarista sin fundamento".
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha finalizado la instrucción de la denominada "pieza Kitchen" del caso Villarejo y ha propuesto juzgar al exministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y a la excúpula del Ministerio por el operativo policial puesto en marcha para espiar al extesorero del PP, Luis Bárcenas, y sustraerle material relacionado con la investigación del caso Gürtel.
En el auto de pase a procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, el magistrado considera los hechos constitutivos de los delitos descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencia y malversación. En su resolución, el juez archiva la causa por falta de indicios para la ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal y su marido, el empresario Ignacio López del Hierro, su jefe de Gabinete, José Luis Ortiz, así como para Enrique Olivares.
Además de al exministro Fernández Díaz, el juez envía a juicio a quien fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, al exdirector adjunto Operativo Eugenio Pino, a los responsables policiales José Luis Olivera, Marcelino Martín Blas, José Ángel Fuentes Gago, Bonifacio Díez Sevillano, Enrique García Castaño, Andrés Gómez Gordo, al comisario y principal investigado en la macrocausa José Villarejo, así como al chófer de Bárcenas Sergio Ríos Esgueva.
En el auto de 70 páginas, García Castellón descarta la existencia de una trama política ajena al Ministerio del Interior delimitando los hechos objeto de enjuiciamiento sobre la base exclusivamente de los indicios existentes.
Los investigados conocían la ilicitud
El juez relata que los investigados en la presente pieza separada, puestos de común acuerdo y con conocimiento de la ilicitud de los hechos en una fecha que no se ha podido determinar entre los años 2012 y 2013, pusieron en marcha el operativo. Así, Jorge Fernández Díaz, ministro del Interior y máximo responsable político de este departamento, con abuso de sus funciones y conocimiento de su ilicitud, instó a Francisco Martínez, quien fuera, primero su jefe de Gabinete y desde enero de 2013 secretario de Estado de Seguridad, para que pusiera en marcha una misión encaminada a la obtención de información y documentación que pudiera estar el poder del referido Luis Bárcenas.
La operación consistió en captar a un colaborador, cercano a la familia Bárcenas, capaz de facilitar la información y el acceso a la documentación que se estaba buscando. La persona elegida fue Sergio Javier Ríos Esgueva (también llamado cocinero, Kitchen, o K2, de ahí el nombre de la operación), quien desde principios de febrero de 2013 era el chófer del matrimonio Bárcenas, y persona de máxima confianza del entorno familiar.
La resolución indica que las actuaciones practicadas han permitido constatar que, sin perjuicio de las directrices dadas por el ministro, y las motivaciones que pudiera tener este, la finalidad que guiaba tanto a Villarejo como a Enrique García Castaño, sería realmente la de incautar y mantener dicha documentación en su poder, sin entregárselo a sus superiores, para poder obtener algún tipo de beneficio personal; extorsionando o presionando con la misma a cargos públicos o responsables del Ministerio del Interior, o bien simplemente con la finalidad de preservar sus respectivos cargos en la cúpula policial y la impunidad en las actividades ilícitas que, presuntamente, venían desarrollando de forma paralela.
Archivo de Cospedal por falta de indicios
En su resolución, el magistrado archiva la causa respecto de Cospedal, López del Hierro, José Luis Ortiz y señala que, a diferencia de los responsables ejecutivos del Ministerio del Interior, respecto de los que existe una sólida base indiciaria en el caso de estos tres resulta llamativa la debilidad de las razones que justifican su incriminación.
La imputación a Cospedal y López del Hierro de una participación intelectual no deja de ser, argumenta el juez, "resultado de una inferencia voluntarista sin fundamento en indicio alguno, pues no hay reflejo de ello en las actuaciones".
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