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La "legitimación" es la llave para frenar en el Supremo los indultos del Gobierno a los golpistas del 1-O

Fuentes jurídicas consultadas por LD apuntan que un "recurso de Vox contra los indultos tiene más probabilidad de prosperar que el del PP".

Fuentes jurídicas consultadas por LD apuntan que un "recurso de Vox contra los indultos tiene más probabilidad de prosperar que el del PP".
Los acusados del juicio del 1-O en el Tribunal Supremo. | EFE

La "legitimación" es la llave para frenar en el Tribunal Supremo los indultos del Gobierno de Pedro Sánchez a lo golpistas del 1-O. Así lo aseguran las fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital. Tal y como publicó LD el pasado mes de enero, los indultos que concede el Ejecutivo pueden ser recurridos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sala Tercera) del Alto Tribunal.

En este contexto, los indultos al exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras, y al resto de condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 podrían ser recurridos en principio por la Fiscalía, la Abogacía del Estado o por Vox que ejerció la acusación popular en la causa. "Son los que tienen a priori más legitimación para poder recurrir", apuntan.

No obstante, la Abogacía del Estado no recurrirá y la Fiscalía es muy difícil que adopte esta decisión, porque ya no estará en manos de los cuatros fiscales de lo Penal del 1-O (Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno), sino que será competencia de la Fiscalía de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.

Vox tendría que superar un obstáculo: conseguir que la Sala Tercera del Alto Tribunal considere a la formación "parte interesada y directamente perjudicada" en este proceso contencioso. "Vox ha participado en la causa del 1-O y un indulto de los golpistas anularía la acción penal en la que participaron y ejercieron la acusación popular. No tendría que haber problemas para que la Sala de lo Contencioso-Administrativo considerase a Vox parte interesada y admitiera a trámite su recurso contra los indultos. Aún así, el recurso podría ser rechazado posteriormente", señalan.

Otros partidos políticos como el PP o Ciudadanos han anunciado su intención de presentar también un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, sin embargo, "tienen muchas menos probabilidades de que el Alto Tribunal los considere legitimados para recurrir y por lo tanto, sean admitidos a trámite sus respectivos recursos", aseguran.

Las mismas fuentes consultadas por este diario apuntan que "otros colectivos o personas que sufrieron directamente la violencia del delito de sedición cometido por los golpistas del 1-O en Cataluña podrían ser considerados como legitimados por la Sala del Supremo para recurrir el indulto", destacan.

Recordamos que el Ejecutivo tiene previsto acordar el indulto parcial de los golpistas del 1-O y aprobarlo en Consejo de Ministros en un plazo máximo de 2 o 3 semanas. Todo ello, después del informe contrario presentado por la Fiscalía y por el Tribunal Supremo.

En su informe de 21 páginas, la Sala Penal del Supremo que preside el magistrado Manuel Marchena afirmaba que el indulto "es una solución inaceptable", que "la petición de indulto no activa una segunda instancia ante el Gobierno de la Nación" y recordaba además que "algunos de los que aspiran al beneficio del derecho de gracia son precisamente líderes políticos de los partidos que, hoy por hoy, garantizan la estabilidad del Gobierno llamado al ejercicio del derecho de gracia".

Precedentes de indultos anulados

Cabe destacar que existen precedentes de indultos acordados por anteriores Gobiernos de PSOE y PP que fueron anulados posteriormente por la Sala Tercera del Alto Tribunal.

En noviembre de 2013, el Tribunal Supremo anulaba el indulto al conductor kamikaze Ramón Jorge Ríos Salgado que había sido concedido por el Ministerio de Justicia que entonces dirigía Alberto Ruiz Gallardón. El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo anuló el indulto para este hombre que fue condenado a 13 años de prisión por causar la muerte de un joven de 25 años tras conducir durante cinco kilómetros en dirección contraria por la AP-7, en el tramo entre Silla-San Juan, en diciembre de 2003.

En su sentencia, el Tribunal Supremo consideró que dicha concesión no señalaba "las razonas de justicia, equidad o utilidad pública, exigidas por el legislador, y que han de ser determinantes del indulto, desde otra perspectiva, la única fundamentación que el mismo contiene, no podemos situarla en el terreno de la lógica jurídica, excluyente de la arbitrariedad". La Fiscalía y el tribunal sentenciador habían informado en contra del indulto, tal y como previsiblemente suceda en el caso del golpe del 1-O.

En segundo lugar, el Tribunal Supremo anuló ese mismo año el indulto concedido al banquero Alfredo Sáenz por el gobierno de José Luis Rodriguez Zapatero, al no considerar "indultable" la inhabilitación para el ejercicio de la actividad bancaria que prohíbe ejercer de consejero delegado de un banco a alguien con antecedentes penales por delito doloso.

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