La Fiscalía avala el modelo de restricciones para luchar contra la covid-19 defendido por la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, para toda España. El pasado martes, la fiscal general, Dolores Delgado, se reunió con el fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Pedro Crespo y los 17 fiscales superiores para unificar el criterio del Ministerio Público tras decaer el estado de alarma el pasado 9 de mayo.
Fuentes fiscales consultadas por Libertad Digital afirman que la Fiscalía analiza con lupa 3 restricciones clave que afectan a los derechos fundamentales: el toque de queda, los cierres perimetrales y las limitaciones en las reuniones sociales. Precisamente, se espera que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo aborde estas tres restricciones y unifique la doctrina en las próximas dos semanas tras resolver los recursos que se presenten. Mientras tanto, el Ministerio Público ya ha fijado unos criterios generales para evitar la disparidad de decisiones en las distintas Fiscalías de toda España.
"Se ha optado por el camino de ponderación para comprobar si las medidas son eficaces. No se puede establecer con carácter general que la gente se tiene que quedar en casa aplicando un toque de queda, hay otras medidas alternativas. Ya hay normas para limitar los aforos en locales y evitar las agrupaciones de personas, sólo tiene que actuar el Ministerio del Interior para garantizarlas. No obstante, pueden darse casos muy concretos de zonas de turismo low cost en las que no quede más remedio que aplicar controles más restrictivos", apuntan.
Sobre los cierres perimetrales, la Fiscalía se decanta por el modelo de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid, rechazando cierres completos de Comunidades Autónomas. Es decir, se opta por cierres quirúrgicos muy concretos y justificados. "Es una cuestión de aplicar el sentido común. No se puede cerrar toda una región porque haya una incidencia acumulada muy alta en tres municipios. No se pueden adoptar posturas maximalistas, sino proporcionalidad en las medidas", sostienen.
En este contexto, los fiscales de lo Contencioso avalan el modelo Ayuso al considerarlo "jurídicamente razonable" y sólo aprecian algunas objeciones desde el punto de vista de la "eficacia" en las restricciones de las zonas básicas de salud. "Si se cierra un barrio, no hay forma de controlarlo. Hay demasiados supuestos para salir de la zona básica de salud", añaden.
Las mismas fuentes apuntan a LD que "el problema de fondo es que el Supremo debe dirimir si la ley orgánica del 1986 de Salud Pública ampara las restricciones que las Comunidades Autónomas están aplicando en sus regiones". Todo ello, después de que el Gobierno no haya legislado para modificar esta norma o para sacar adelante una nueva ley de pandemias en 15 meses. "Con la jurisprudencia actual del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo TEDH y del Tribunal Constitucional es más que dudoso que la ley del 86 sea suficiente", destacan.
De esta forma, "la Fiscalía se irá coordinando sobre la marcha con los citados criterios generales que se irán adaptando en función de los recursos que se planteen ante el Alto Tribunal por las CCAA". Todo a la espera de que el Supremo fije definitivamente la doctrina general sobre las restricciones en todo el país.
¿Qué hará el Supremo?
Fuentes jurídicas consultadas por este medio apuntan que la Sala de lo Contencioso-Administrativo "puede dividirse" a la hora de resolver los recursos sobre las restricciones en las Comunidades Autónomas y en consecuencia, los magistrados podrían presentar votos particulares.
"Hay margen para que el Supremo avale determinadas medidas proporcionales que no supongan una lesión muy grave de los derechos fundamentales. La más complicada, será la del toque de queda, porque es la más discutible y la más prescindible desde el punto de vista de la eficacia. Pueden optar por cierres perimetrales concretos, pero no de una comunidad autónoma entera. Lo más importante que el Supremo debe aclarar es la cobertura legal de las restricciones. El Alto Tribunal debe aclarar si la Ley del 86 tiene margen suficiente para adoptar estas medidas y cuales", apuntan.
Las mismas fuentes sostienen que el Supremo sentará jurisprudencia "enseguida, lo antes posible. Después, igual se inadmiten los recursos de casación que se presenten al fijarse ya los criterios generales. Va a ser un asunto que se prolongue unas 2 o 3 semanas", concluyen.