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Un juez sustituto permite que los golpistas sigan en tercer grado pese al recurso de Fiscalía

Hace seis meses la juez, ahora de baja, devolvió a los sediciosos a la cárcel a la espera de la resolución del Supremo.

EFE

Los golpistas condenados por la asonada separatista de octubre del 17 seguirán disfrutando del tercer grado gracias a la resolución del juez de vigilancia penitenciaria que sustituye a la titular del juzgado número cinco, que se encuentra de baja. El suplente ha decidido todo lo contrario que hace seis meses, cuando la magistrada devolvió a los internos a la cárcel a la espera de que el Tribunal Supremo adoptara una decisión sobre el recurso de Fiscalía.

En esta ocasión, los condenados por sedición y malversación disfrutarán del tercer grado concedido por la secretaría de Medidas Penitenciarias del departamento de Justicia de la Generalidad, en manos de ERC, a la espera de la resolución del Tribunal Supremo. Hace seis meses, los magistrados decretaron que los golpistas no tenían derecho al tercer grado porque no habían cumplido una parte sustantiva de la condena y no habían dado muestra alguna de arrepentimiento y comprensión de la gravedad de los delitos por los que fueron sentenciados.

La Generalidad aprovechó que los golpistas recién habían cumplido una cuarta parte de la condena para dejarlos en libertad en vísperas de la última campaña electoral, en la que tuvieron un notorio protagonismo.

Recurso "postelectoral"

La actual resolución judicial alude a que los fiscales no presentaron el recurso hasta quince días después de la concesión del tercer grado, uno de los argumentos para advertir que no concurre riesgo de fuga. Y es que la Fiscalía se inhibió hasta pasada la campaña electoral y celebradas las elecciones.

La decisión del juzgado número cinco coincide con la adoptada por el número uno en relación a las reclusas Carme Forcadell y Dolors Bassa y que ya en la anterior ocasión permanecieron en libertad hasta la decisión del Supremo, que se produjo cinco meses después de que los golpistas varones fueran enviados de nuevo a la cárcel de Lledoners.

Ambas resoluciones judiciales se basan en el supuesto de que el recurso de la Fiscalía no puede tener efectos suspensivos en lo relativo a derechos fundamentales hasta que haya un decisión judicial en firme. Hace seis meses, la juez titular del juzgado número cinco de vigilancia penitenciaria resolvió exactamente lo contrario.

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