
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada por el asesinato con alevosía del niño Gabriel Cruz, de 8 años de edad, ocurrido en Almería en febrero de 2018.
La Sala desestima los recursos de casación interpuestos por la defensa de la acusada y por la acusación particular y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que condenó a dicha pena de prisión permanente revisable a Ana Julia Quezada por un delito de asesinato hiperagravado y a dos años y medio de prisión por dos delitos contra la integridad moral de los padres del niño.
La sentencia, de la que es ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, destaca el distinto fundamento de la alevosía, para cualificar el delito de asesinato, y la mayor protección que la ley concede a los menores, al establecer la hiper-agravación correspondiente a la prisión permanente revisable.
Según el Supremo, "en el caso, concurren una serie de circunstancias bien definidas, intencionadamente utilizadas y aprovechadas por la acusada para un fin, matar al menor, sin riesgo para ella, que conjuntamente consideradas, determinan una situación de total indefensión del niño. Así, el ataque se produce en el marco de una relación de confianza, en un lugar solitario y alejado, a donde el menor se dirigió a propuesta de la acusada, sin tener la más mínima previsión de riesgo, de lo contrario no hubiera aceptado acompañarla".
"Una vez en aquel lugar", añade la Sala, "de manera 'súbita y repentina' (no hubo prolegómenos o actos previos de los que deducir tal reacción, los hechos no los describen), lanzó al niño contra el suelo o pared y le tapó la boca y la nariz con fuerza, hasta que le causó la muerte. En tal situación de confianza, soledad, e imprevisión del ataque, el menor, dadas sus características físicas, no tuvo posibilidad de defensa".