El Tribunal Supremo ha designado al magistrado Andrés Martínez Arrieta ponente de la querella presentada por el comisario Villarejo contra el vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, por un delito de denuncia falsa en el caso Dina. Villarejo presentó la citada querella el pasado mes de octubre que también va dirigida contra la exasesora de Iglesias, Dina Bousselham; la vicepresidenta tercera del Congreso, Gloria Elizo y la abogada de Podemos, Marta Flor Núñez.
En una providencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, la Sala Penal del Supremo señala que "dada cuenta, por recibida la anterior querella y los documentos que se acompañan en nombre y representación de D. José Manuel Villarejo Pérez contra D. Pablo Iglesias Turrión, Vicepresidente del Gobierno, Dª Dina Bousselham, Dª Maria Gloria Elizo Serrano y Dª Marta Flor Nuñez García, por un presunto delito de acusación y denuncia falsa, fórmese rollo y regístrese".
Según la providencia, "se designa ponente para conocer de la presente causa, conforme al turno previamente establecido, al Magistrado de esta Sala Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta. Pasen las presentes actuaciones al Ministerio Fiscal para que informe sobre competencias y contenido de la querella formulada".
Recordamos que el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, solicitaba también al Tribunal Supremo la imputación de Pablo Iglesias por presuntos delitos de revelación de secretos con agravante de género, daños informáticos, denuncia falsa y simulación de delitos en el marco del caso Dina.
La Fiscalía solicitó al Tribunal Supremo que devolviese al magistrado García-Castellón esta parte de la causa para agotar la investigación. La Sala Penal del Supremo con el magistrado Andrés Palomo como ponente aún se debe pronunciar al respecto.
La querella de Villarejo
Según la querella presentada por el comisario Villarejo contra Iglesias, "la exposición razonada del magistrado García Castellón "describe los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal contenido en el artículo 456.1 del Código Penal, el delito de acusación y denuncia falsa, del que serían autores materiales los querellados don Pablo Manuel Iglesias Turrión y doña Dina Bousselham, con la cooperación necesaria de la letrada doña Marta Flor Núñez García y de doña María Gloria Elizo Serrano que también pudo ser inductora del delito".
"Igualmente", añadía el escrito, "el mencionado relato fáctico permite afirmar que el querellante es sujeto pasivo del delito, perjudicado y ofendido, por lo que estaría legitimado para el ejercicio de la acusación particular, atendiendo al carácter pluriofensivo del delito dado que con su comisión se ataca a un bien jurídico supraindividual (la Administración de Justicia y su recta aplicación) y a otro individual (el honor del falsamente acusado), en tanto que se ha pretendido por sus acusadores atribuirle determinados hechos delictivos a sabiendas de la falsedad de la imputación".
"Dicha imputación directa al querellante aparece ya en la inicial declaración del querellado Sr. Iglesias prestada el día 27 de marzo de 2019 cuando manifestó, entre otras cosas que, había 'un policía que encargue el robo de ese teléfono móvil y se lo filtre a un periodista para que lo publique'; imputaciones que se precisan aún más en sus escritos posteriores, empezando por el de personación", apuntaba la defensa de Villarejo.
"Como decimos esta inicial imputación se desarrolla ampliamente en los siguientes escritos de contenido indudablemente incriminatorio dirigidos al órgano jurisdiccional instructor presentados por los querellados don Pablo Manuel Iglesias Turrión y doña Dina Bousselham representados técnicamente por la también querellada doña Marta Flor Núñez García, que dan lugar a resoluciones, decisiones y actuaciones del órgano jurisdiccional", recoge el escrito.