Colabora

La Fiscalía del Supremo da la razón a Vox y solicita repetir el juicio contra Otegi por intentar reconstruir Batasuna

En un escrito, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la Fiscalía dice que "un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal".

Arnaldo Otegi, tras su anterior salida de prisión | EFE

La Fiscalía del Tribunal Supremo da la razón a Vox y ha solicitado repetir el juicio contra Arnaldo Otegi por intentar reconstruir Batasuna, conocido como el caso Bateragune. La Sala Segunda del Supremo estimaba en julio los recursos de revisión interpuestos por Arnaldo Otegi, Rafael Díez Usabiaga, Arkaitz Rodríguez Torres, Sonia Jacinto García y Miren Zabaleta Tellería y anulaba la sentencia de 7 de mayo de 2012 que les condenó a penas de entre seis años, y seis años y medio de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista.

La asociación de víctimas Voces contra el Terrorismo y Vox presentaban un escrito ante la Audiencia Nacional en el que solicitaban que el coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, fuera juzgado de nuevo por posible pertenencia a organización terrorista y ahora el Ministerio Público apoya su tesis.

En un escrito, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la Fiscalía del Supremo afirma que "entendemos que un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal e interesamos que la Sala acuerde la retroacción de las actuaciones al trámite previo a la designación por la Sala Cuarta de la Audiencia Nacional de los componentes del Tribunal que debían enjuiciar a los procesados, Arnaldo Otegi, Rafael Díez Usabiaga, Miren Zabaleta, Arkatiz Rodríguez y Sonia Jacinto sumario 56/2009 del Juzgado Central de Instrucción nº 5 y tras designar unos diferentes componentes del tribunal se repita el juicio contra los referidos 5 procesados".

La Fiscalía recuerda la doctrina de la Sala Segunda del Alto Tribunal "respecto a los efectos que produce el reconocimiento de la falta de imparcialidad objetiva en el juez o el tribunal que haya dictado la sentencia en la instancia". En un caso similar, se acordó "retrotraer las actuaciones al trámite anterior al señalamiento de la vista oral del juicio para que se proceda a realizar los trámites necesarios para celebrar un nuevo juicio".

"En el mismo sentido", apunta la Fiscalía, "el Tribunal Constitucional y por todas, acordó retrotraer las actuaciones al momento anterior al de la deliberación de la sentencia con el exclusivo de que se dicte otra nueva por un tribunal que respete el derecho fundamental reconocido. Incluso la propia sentencia del TEDH que estimó la demanda de los procesados en el presente, procedimiento, mantuvo que se debía haber acordado la repetición del juicio".

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) dictaba una sentencia en noviembre de 2018 la que concluía que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del exportavoz de Batasuna en el juicio por el caso Bateragune, por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y por la que seguía cumpliendo una condena de 10 años de inhabilitación, que concluía en febrero de 2021.

El caso, instado por la defensa de Otegi, buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada de la Audiencia Nacional, Ángela Murillo, en el tribunal que le condenó por el caso Bateragune vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.

En concreto, alegaba que durante el juicio por el homenaje al cabecilla de ETA Argala, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta".

Bateragune y la reconstrucción de Batasuna

La sentencia del TEDH llegaba a consecuencia de la condena de varios dirigentes proetarras en el caso Bateragune. Los condenados en aquella causa en la Audiencia Nacional intentaron reconstruir la Mesa Nacional de Batasuna-ETA, la estructura dirigente del brazo político de ETA, que en esos momentos era ilegal, con el objetivo de poder volver a organizarse para tener de nuevo actividad política.

Esa reorganización era para, siguiendo las instrucciones de la organización terrorista, crear un frente negociador que pusiese en marcha una coalición de partidos y sindicatos que pudiera hacer frente políticamente en el País Vasco y Navarra tanto al PNV como al constitucionalismo y que tuviese como elemento común el independentismo político. El objetivo final era forzar políticamente al Gobierno a negociar la independencia.

Entre los partidos con los que se iba a negociar para la conformación de este frente común se encuentran todos los partidos que finalmente terminaron integrándose en una coalición electoral común bajo las siglas de Bildu, Amaiur o EH Bildu, es decir, partidos como Eusko Alkartasuna, Aralar o Alternatiba, además de la formación francesa Abertzaleen Batasuna y sindicatos que podían ser afines como LAB, ESK, EHNE o Hiru.

Temas

Ver los comentarios Ocultar los comentarios

Portada

Suscríbete a nuestro boletín diario