Dina protege a Iglesias: asegura que "entendió sin pedir explicación alguna" que le ocultara la tarjeta del móvil
La abogada de Dina, Marta Flor, ha presentado un recurso, al que ha tenido acceso LD, que rebate la petición de imputación de Iglesias y su exasesora.
La exasesora de Pablo Iglesias, Dina Boullseham, ha asegurado que "entendió sin pedir explicación alguna" que el vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos le ocultara la tarjeta de su teléfono móvil durante meses. En una entrevista, Iglesias afirmó que guardó la tarjeta para proteger a Dina y no "meterle más presión".
La todavía abogada de Dina, Marta Flor, ha presentado un recurso de apelación, al que ha tenido acceso Libertad Digital, ante la Sala Penal de la Audiencia Nacional en el que rebate la exposición razonada del titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6, Manuel García-Castellón, en la que pedía al Tribunal Supremo imputar a Iglesias por presuntos delitos de revelación de secretos con agravante de género, daños informáticos y denuncia falsa.
Según el instructor, "Iglesias detenta esta tarjeta durante un periodo de tiempo que no ha sido posible concretar. Es, precisamente, durante este tiempo cuando, en un momento dado, Iglesias, con ánimo de dejar la tarjeta inservible para su destino natural, procedió a inutilizar el dispositivo, impidiendo con ello tanto el almacenamiento de información, como la posibilidad de acceder y recuperar los datos allí guardados". El magistrado pedía a su vez la imputación por denuncia falsa y simulación de delitos de la citada Marta Flor, de la vicepresidenta del Congreso y diputada de Podemos, Gloria Elizo, y del abogado de la formación, Raúl Carballedo. También solicitaba la imputación por falso testimonio de la propia Dina y su expareja, Ricardo Sà Ferreira.
En el recurso de 33 páginas, la letrada de Dina afirma que "en el caso del delito de revelación de secretos como en el de daños informáticos, esa responsabilidad no se daría bajo ninguna circunstancia si la persona presuntamente perjudicada por los mismos decide no ejercitar la acción. Era, por tanto, obligación del instructor, asegurarse, antes de elevar la exposición razonada, de que la presunta perjudicada tenía voluntad de proceder contra los aforados que acusa el instructor, por los citados delitos. Máxime cuando mi representada ha manifestado en múltiples ocasiones que el Sr Iglesias y ella son víctimas perjudicadas por los mismos hechos delictivos, habiendo concurrido en todo momento bajo la misma defensa y representación procesal".
A continuación, el escrito justifica que Iglesias ocultara durante meses la tarjeta del móvil de Dina: "Iglesias entregó de forma voluntaria a mi representada la tarjeta de memoria que le fue entregada de forma confidencial por el Sr Asensio, sin requerimiento alguno, dentro de un entorno de confianza profesional y personal entre los perjudicados en el presente proceso y que la Sra. Bousselham ha puesto de manifiesto la amistad que, más allá de la relación laboral o política, mantiene con el Sr. Iglesias durante estos últimos años y entendió, sin pedir explicación alguna al respecto, que aquel guardase la tarjeta hasta su entrega, dada la forma que se había obtenido, sin ocultación alguna, y que, en torno a la publicación de los datos por Okdiario, se la entregara".
La letrada de Dina, Marta Flor, aprovecha el escrito para arremeter contra su excompañero y exletrado de Podemos, José Manuel Calvente, después de que un Juzgado madrileño haya archivado su querella por presunto acoso sexual contra él: "Siendo patente la animadversión manifiesta de Calvente hacia las personas que acusa de cometer ilícitos penales, conforme a las reglas de la sana crítica no puede considerarse un testimonio que tenga ni la más mínima apariencia de veracidad y sin embargo sus declaraciones forman parte de la exposición razonada que realiza el magistrado instructor de su escrito, sin haber aportado nada que acredite lo que ha manifestado mucho tiempo después de ocurridos los hechos y sin más valor que sus propias palabras".
Según el recurso, son "absolutamente impertinentes e inútiles todos los esfuerzos del magistrado instructor realizados a través de las diligencias de ordenación ordenadas en esta pieza, a fin de imputar la comisión de delitos a las víctimas, habiendo llegado finalmente a elevar una irracional e injustificada exposición razonada al Tribunal Supremo contra las personas perjudicadas en el proceso en que él instruye y que están protegidas por el Estatuto de la víctima".
"La instrucción de la presente pieza, ha sido un mero instrumento para el esclarecimiento de hipótesis alternativas ajenas a los hechos investigados, que no se apoyan en acervo indiciario alguno y/o carentes de base fáctica, obviando lo declarado por 5 intervinientes en el proceso, 3 investigados y las 2 víctimas", apunta el escrito de Dina.
Insiste en la "trama de la cloacas"
En el mismo recurso, la defensa de Dina insiste en la supuesta trama de las cloacas del comisario Villarejo y algunos medios de comunicación: "Reiteramos, no se han acordado ni practicado diligencias de investigación suficientes para el esclarecimiento de los hechos, en los que presuntamente el Sr Villarejo podría haber actuado conforme a un encargo recibido de la DAO".
"Dicho encargo pudo consistir presuntamente en la realización de actos de espionaje al margen de su actividad policial, y/o campañas de desprestigio, para lo que contaría con la ayuda de una serie de periodistas, con los que, según sus notas se reunía habitualmente, formando todos los intervinientes en los hechos, una organización criminal, teniendo en su cúpula, supuestamente el ex altos mandos del Ministerio del Interior en el momento en el que ocurren los hechos, para los que el señor Villarejo realizó presuntamente encargos", concluye.
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