Podemos se ha defendido de la denuncia de un presunto delito de blanqueo de capitales por parte de la exsenadora de la formación morada, Celia Cánovas, "contabilizando donaciones del ejercicio 2017 en el 2018".
Tal y como desveló este diario, Cánovas denunció al partido de Pablo Iglesias, tras realizar donaciones a la Caja de Solidaridad. Concretamente, aseguraba haber donado 3.000 euros en el 2018 y haber recibido un certificado del tesorero de la formación, Daniel de Frutos, que contabilizaba una donación total de 5.000 euros en ese año, es decir, 2.000 euros más. También denunció la malversación del partido tras "desaparecer" los 25.000 euros que donó y solicitaba personarse como acusación particular y perjudicada en la causa.
En un escrito, al que ha tenido acceso Libertad Digital, remitido al titular del Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, Cánovas afirma que el desfase contable de sus donaciones a la formación morada "asciende en realidad a 4.000 euros".
Cánovas apunta que Podemos ha remitido al juez un escrito en el que se opone a su personación en el caso y en el que adjunta además documentos sobre las transferencias realizadas por la propia exsenadora en el 2018 para defenderse de las acusaciones.
Concretamente, la formación ha aportado una transferencia de Cánovas del 5 de enero de 2018 de 2.000 euros, en concepto de donación correspondiente a noviembre y diciembre de 2017. También el mismo 5 de enero, la exsenadora realizó otra transferencia para donar 2.000 euros en concepto de donación extra de diciembre de 2017.
La tercera transferencia de Cánovas remitida al juez por el partido de Iglesias es de 1.000 euros el 13 de febrero de 2018 y corresponde con la donación del mes de enero de ese año. Por último, el partido presenta una cuarta transferencia de la exsenadora del 20 de marzo de 2018 que según Podemos el concepto era febrero de 2017. Es decir, la formación morada ha aportado al juez la documentación que demuestra que ha contabilizado donaciones correspondientes con el año 2017 en el ejercicio 2018.
Según el escrito de Cánovas, "si las cuentas no están equivocadas, atribuible a 2018 y, por tanto, a su ejercicio fiscal, solamente cabe contabilizar la tercera transferencia, por importe de 1.000 euros. Queda más que patente que, si bien en las otras certificaciones no se especifica el año al que corresponden las donaciones, en la que hace referencia a la realizada en 20 de marzo de 2018, se especifica que corresponde a febrero de 2017. ¿Qué quiere esto decir?, que el desfase entre lo aplicable al ejercicio de 2018 y lo certificado por Podemos, como donaciones encuadrables en dicho ejercicio, asciende a 4.000 euros", afirma el escrito de Cánovas".
En el mismo escrito, Celía Cánovas defiende su personación en la causa: "Si ya la acusación popular es una figura procesal penal que concede legitimación activa, esto es, la facultad de ser parte demandante o acusadora en un juicio, a cualquier persona que invoque el quebrantamiento de la ley por parte del acusado, sin que necesite justificar su interés procesal en haber sufrido un daño, cual no lo va estar mi representada que, supuestamente, ve que las cantidades por ella aportadas a Podemos, que ascienden a 25.000 euros, no sabe qué destino han tenido o a dónde han ido a parar, dicho así de claro, pues el principio de transparencia, pregonado por Podemos a los cuatro vientos, brilla por su ausencia, dicho sea siempre con el debido respeto y en términos de defensa".
Podemos pide investigar a Cánovas por denuncia falsa
En el escrito remitido por Podemos al juez, la formación morada asegura que "dada la gravedad de su conducta debe procederse, previos los trámites procesales oportunos, a la deducción de testimonio de la denuncia de Cánovas por tratarse de una denuncia evidentemente falsa incorporada a un procedimiento judicial, lo que sin duda es indiciariamente constitutivo de delito de denuncia falsa o simulación de delito".
Por su parte, la propia exsenadora recuerda al partido de Iglesias que "no podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del juez o tribunal que haya conocido de la infracción imputado. Las manifestaciones vertidas por Podemos son extemporáneas y extravagantes en este momento", concluye Cánovas.