El juez García-Castellón pide al Supremo la imputación de Iglesias
En la exposición razonada remitida al Supremo, el magistrado se refiere a la "consciente y planificada actuación falsaria desplegada por Iglesias".
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha solicitado al Tribunal Supremo la imputación del vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias por presuntos delitos de revelación de secretos con agravante de género, daños informáticos, denuncia falsa y simulación de delitos en el marco del caso Dina. El magistrado considera que Iglesias usó de forma fraudulenta este proceso para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral.
En la exposición razonada de 63 páginas remitida a la Sala Penal del Supremo, el magistrado pide la imputación por los mismos delitos de denuncia falsa y simulación de delitos a la vicepresidenta del Congreso y diputada de Podemos, Gloria Elizo, y los abogados de la formación morada, Marta Flor y Raúl Carballedo. García Castellón solicita además la investigación de delitos de falso testimonio a la exasesora de Pablo Iglesias en el Parlamento Europeo, Dina Bousselham y su expareja, Ricardo Sà Ferreira.
En otro auto, el juez acuerda continuar el procedimiento por estos hechos contra el excomisario Jose Villarejo, el exdirector de la revista Interviu, Alberto Pozas, y el periodista Luis Rendueles por delito de descubrimiento y revelación de secretos. En su escrito, el magistrado rechaza las diligencias que habían solicitado la defensa de Bouselham y el Ministerio Fiscal y añade que pueden plantearse a partir de ahora ante el órgano competente, la Sala de lo Penal. A partir de ahora el fiscal y las acusaciones personadas disponen de 10 días para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
La exposición razonada
En su escrito, el juez Manuel García Castellón relata los hechos que sustentan la exposición razonada respecto de Pablo Iglesias, el equipo jurídico de Podemos, su exasesora Dina Bouselham y su marido. El origen de este procedimiento, explica el magistrado, es el robo del teléfono móvil de Bouselhan el 1 de noviembre de 2015, que contenía una tarjeta de memoria mini SD. Según el auto, dos años más tarde, el 3 de noviembre de 2017, se lleva a cabo una entrada y registro en la vivienda de Villarejo en la que aparecen un disco duro con dos carpetas DINA 2 y DINA 3 y otro pen drive con las carpetas DINA 2 y DINA 3.
De acuerdo con la investigación, el contenido de la tarjeta llegó a Villarejo a través del director de la Revista Interviú, Luis Alberto Pozas, y el subdirector, Luis Rendueles, quienes a su vez entregaron una copia al director del Grupo Zeta, Antonio Asensio.
Según señala el titular del Juzgado Central de Instrucción 6, Pablo Iglesias recibió de Antonio Asensio, el 20 de enero de 2016, la tarjeta de memoria original mini SD procedente del teléfono de Dina Bouselham, en la que comprobó que almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo de aquella.
"Pese a ello se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria aun cuando ambos eran personas cercanas (ella había sido su asesora) y el conocimiento que tenía de la desaparición de los objetos de Dina desde noviembre de 2015", explica el auto. Esta acción, continúa la resolución, puede vincularse al conocimiento que Iglesias tuvo al observar el contenido de la tarjeta micro SD de las capturas de pantalla que la asesora guardaba de conversaciones de grupos de mensajería en los que aparecía el aforado.
El magistrado señala como otro punto significativo el hecho de que Pablo Iglesias devolviera a Dina la tarjeta que guardaba en su poder inoperativa y, advierte de que si bien no se ha podido determinar la fecha de la devolución, indica, en todo caso, que debió de ser antes del 23 de agosto de 2017. "Se sabe que cuando se devuelve la tarjeta está inservible para su funcionamiento".
El magistrado apunta como otro hecho destacado el que durante los días 21 y siguientes del mes de julio de 2016 se publican el Okdiario varias noticias a las que se acompañan imágenes procedentes del dispositivo de Dina y que Pablo Iglesias había visto en la tarjeta de memoria. El aforado Pablo Iglesias, dice el juez, en ese momento tenía acceso a la tarjeta que guardaba en su poder por los que sabía que se estaban publicando imágenes enviadas a terceros mandadas por la asesora.
Pese a ello, afirma, con la única finalidad de desprestigiar al medio Okdiario, puesto de común acuerdo con Gloria Elizo y con la participación de los letrados Raúl Carvalledo y Marta Flor Nuñez, "a sabiendas del origen de las imágenes publicadas en Okdiario, el aforado Pablo Iglesias insta a los servicios jurídicos del partido a ampliar la denuncia inicial formulada por Bouselham, tratando de disimular falsariamente, una conexión entre las imagen publicadas en el digital y la desaparición del teléfono el 1 de noviembre de 2015
Pese al conocimiento de su falsedad y puestos de común acuerdo; el aforado, secretario general de Podemos; la responsable de los servicios jurídicos del partido, la sra Elizo y la letrada del partido, Marta Flor Nuñez, como ejecutora material, simulan que la publicación de las imágenes en el semanario Okdiario durante los días 21 y siguientes del mes de julio, fue el resultado de un encargo realizado al Sr. Villarejo para perjudicar a Pablo Iglesias Turrión". El juez apunta que su personación en la pieza separada y su denuncia tenían una finalidad "estrictamente de oportunidad política".
Dina mintió al juez
García Castellón también destaca como un hecho relevante la comparecencia ante el propio juez, el 26 de marzo de 2019, de Dina Bouselham en calidad de testigo-perjudicada, quien, con conocimiento de su falsedad, faltó a la verdad en sus manifestaciones, al igual que hizo su marido res días más tarde.
"Ambos hechos se entienden conexos a la actuación desplegada por los servicios jurídicos del partido Podemos para construir ante el órgano judicial un relato coherente con las instrucciones dadas por el agorado, secretario general del Partido", concluye el magistrado.
El juez recoge el reciente auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional, de 16 de septiembre, en el que además de avalar la condición de perjudicado de Iglesias declaraba la falta de competencia del juzgado para investigar otras hipótesis alternativas de los hechos, en relación con la autoría y naturaleza de los desperfectos de la tarjeta del móvil de dina Bousselham. Según argumentaba la Sala, al haberse presuntamente cometido fuera de la organización criminal investigada en esta pieza, los hechos carecerían de conexidad para poder investigarlos en este Juzgado de la Audiencia Nacional.
Así pues, la Sala de lo Penal instaba al magistrado a remitir al órgano competente los testimonios oportunos para esclarecer os hechos aparentemente delictivos que han ido apareciendo en esta pieza y que se infiere, según el magistrado, "la existencia de indicios razonables de la participación delictiva del aforado Pablo Iglesias Turrión".
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