La desolación se ha apoderado de la Fiscalía tras conocerse este lunes el informe del teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, en el que pide archivar las 20 querellas presentadas contra el Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión de la pandemia de la covid-19.
Tal y como desveló este diario en junio, Navajas ha sido el encargado de decidir sobre la petición de admisión o archivo de las querellas presentadas. El fiscal de 71 años terminó su mandato en diciembre y podría haber sido sustituido inmediatamente. Sin embargo, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, optó por mantenerlo hasta su jubilación y que pudiera encargarse de despachar este asunto. "Le estaba muy agradecido por ello", afirman.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital aseguran que "Navajas ha actuado como un abogado del Gobierno. La Fiscalía tiene que investigar, no defender al Ejecutivo". "Con el informe de Navajas se ha dado carta blanca a los poderes públicos, ya nadie les controla. Ya no existe el control judicial. Si el Ministerio Fiscal no investiga, ¿quién lo va a hacer?", se lamentan.
Navajas no ha estado sólo al elaborar el informe de 310 páginas, ya que ha sido ayudado por fiscal jefe de la Secretaría Técnica y nº 2 de Delgado, Álvaro García Ortiz. Sobre la supuesta abstención de la fiscal general del Estado afirman que "Delgado salió por la puerta y entró luego por la ventana gracias a su nº 2 García Ortiz". Es decir, nunca ha dejado de estar presente. Además, la fiscal general no redactó ningún escrito en el que dejara clara y tácita su abstención en el caso tras haber sido ministra de Justicia en el actual Gobierno. "Álvaro García Ortiz es su brazo ejecutor cuando se debe abstener en las causas", apuntan.
El teniente fiscal del Supremo ha recibido también la colaboración del fiscal del Supremo que investiga a Juan Carlos I, Juan Ignacio Campos, cofundador de la Unión Progresista de Fiscales UPF. También de la fiscal de sala delegada en materia de Tutela y Protección de los Intereses de las Víctimas en el proceso penal, Pilar Fernández Valcarce,
Las mismas fuentes consultadas afirman que es inconcebible que en la veintena de querellas presentadas en las que se apuntan delitos de distinta naturaleza como homicidio imprudente, lesiones, delito contra la salud de los trabajadores, malversación o prevaricación, "no se encuentre ningún indicio para investigar siquiera uno de ellos".
El ambiente que se vive en el Ministerio Público es muy preocupante tras la llegada de Delgado como fiscal general: "Nunca el prestigio de la Fiscalía ha estado tan bajo. Delgado ha hecho desembarcar a todos sus amigos de la UPF y no tienen nivel suficiente. El estilo y el lenguaje del informe es pésimo, de mal abogado. No saben redactar y hacen numerosas valoraciones orientadas a defender al Gobierno de Sánchez".
Recordamos que durante el estudio de las querellas, no se convocó a la Junta de Fiscales tal y como se había solicitado por algunos representantes del Ministerio Público para analizar las denuncias desde diferentes sensibilidades. "Navajas se ha rodeado de personas de la máxima confianza de Delgado y de la UPF para que no existieran voces discrepantes".
Los argumentos del informe firmado por Navajas
A lo largo de las 310 páginas del informe del teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, se efectúan distintas valoraciones orientadas a defender la actuación del Gobierno y responsabilizar a las Comunidades Autónomas de las consecuencias negativas de la pandemia.
"El hecho de que fueran posibles otras alternativas al objeto de frenar la pandemia, en ningún caso permite concluir que la actuación de los querellados resultara poco diligente a partir del día 14 de marzo de 2020, tras la declaración del estado de alarma, lejos de dirigirse a objetivos muy alejados de la protección de la salud ciudadana, cuando no inspirada por motivos espurios, según alega el propio querellante, resultó efectivamente copiosa y, cuando menos con arreglo al actual estado de la ciencia, idónea o, al menos, razonable para contener la pandemia".
Según el informe, "el Estado únicamente goza de competencias exclusivas en materia sanitaria en relación a la 'sanidad exterior' la protección de la 'salud pública interior' en situaciones ordinarias corresponde a las Comunidades y Ciudades Autónomas".
Navajas afirma que "la declaración de estado de alarma a fin de combatir la pandemia por covid-19 únicamente resultaba posible una vez constatado que dicha declaración constituía el único instrumento jurídico idóneo ante la situación de crisis acaecida".
Sobre las manifestaciones del 8-M, apunta que "la única Administración competente en fecha 8 de marzo de 2020 para aprobar restricciones a la libertad de circulación o al derecho de manifestación por razones de protección de la salud pública correspondería a las Administraciones autonómicas. La mayoría de los querellados, si no todos, acudieran personalmente a las manifestaciones del 8M".
"Las reglas de la lógica y la sana crítica permiten concluir que resulta sencillamente imposible afirmar que nuestras administraciones debieran haber previsto un escenario como el que finalmente se produjo", concluía el teniente fiscal del Supremo.