La Fiscalía pide al juez que sólo investigue los contratos de Podemos con Neurona tras la denuncia de Calvente
La Fiscalía ha dirigido un escrito al Juzgado de Instrucción 42 de Madrid señalando que las otras cuestiones son "rumores, sospechas o suspicacias".
La Fiscalía Provincial de Madrid ha dirigido un escrito al titular del Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, en el que por primera vez se pronuncia sobre el auto en el que se acordaba la apertura de diligencias de investigación relacionadas con determinadas actividades de Podemos.
De los hechos denunciados por el exletrado de la formación, José Manuel Calvente, el representante del Ministerio Público pide que solo se siga adelante con la parte de la investigación referida al contrato suscrito ente el partido y la sociedad mercantil Neurona Consulting para las elecciones del 28 de abril y al que alude el Tribunal de Cuentas en su informe. Sobre las otras cuestiones reseña que algunas de ellas son "rumores, sospechas o suspicacias" mientras que para el resto no existen indicios que demuestren la existencia hechos delictivos.
Sobre los contratos con Neurona, la Fiscalía sí aprecia la existencia de "indicios racionales suficientes de la perpetración de un hecho delictivo". Como primera conclusión rechaza el carácter "prospectivo" del hecho investigado porque "existen elementos que determinan que no se ha acreditado la justificación de este gasto resultando además que es una empresa creada "ad hoc" para la prestación del servicio".
Según la Fiscalía, de la información bancaria remitida resulta que la empresa contratista Neurona efectuó abonos en fechas próximas a las elecciones de 2019 a una mercantil de tecnología digital con sede en Dallas (Creative Advice Interactive) por un importe total de 308.257,20 euros "cuando las transferencias de la coalición son manifiestamente superiores".
La Fiscalía descarta la obtención ilícita por parte del denunciante de la documentación aportada a la causa dado que su relación laboral con Podemos "no ampara el secreto profesional en lo que se refiere a portación de documentación relativa a cuestiones internas del partido".
Calvente también se refería en su denuncia a una serie de actos preparatorios que, desde su punto de vista, servirían como indicios de la comisión de hechos delictivos. Citaba, por ejemplo, el cierre del portal de transparencia incumpliendo los Estatutos, el nombramiento de la nueva gerente, el cese del antiguo responsable de compras y el nombramiento del nuevo, la falta de aprobación del presupuesto de 2019 y presupuestos de las campañas electorales de 2019, el aumento de salarios de tesorero y gerente por encima de los límites éticos fijados por el partido así como abono de gastos desproporcionados y conceptos no autorizados y la desaparición de la auditoria externa y falta del control del gasto.
La Fiscalía entiende que si bien estos hechos pueden ser "discutibles" desde el punto de vista ético o de la transparencia "es claro que no revisten caracteres de delito".
Algo parecido ocurre con la mención que se recoge en la denuncia sobre los complementos salariales y la suficiencia de la justificación de los gastos de miembros del partido. La Fiscalía recuerda que fue la propia formación política quien impuso un límite salarial para todos sus miembros que no excediera tres salarios mínimos interprofesionales.
"No podemos deducir que hayan cobrado más de lo que les corresponde", precisa la Fiscalía. Es más, afirma que el cobro de cantidades por parte de trabajadores del partido por encima de las cantidades que el propio partido había fijado como límite ético podrá ser "discutible" desde su normativa interna pero "no constituye hecho típico alguno". Y añade: "Más aun, ni siquiera aparece como acreditado este hecho a la vista de las nóminas aportadas y la normativa interna".
La caja de "solidaridad"
En relación a la adjudicación de fondos a #404, el denunciante sospecha de la entidad porque al buscar información en su página web, ésta carecía de avisos legales, información sobre el titular o política de privacidad. Calvente entiende que detrás de esta entidad pudiera estar el diputado Rafael Mayoral por cuanto intuye la intervención de una tercera persona que es asesor de una eurodiputada de Podemos.
En este contexto, la Fiscalía afirma que una vez examinada la página web "se trata de una asociación cuya finalidad es dar visibilidad a denuncias sociales". Puntualiza, además, que no hay ningún indicio de que Mayoral se haya apropiado de los 50.000 euros a través de personas interpuestas "por más que se acompañen [los indicios] de relaciones y rumores obtenidos a través de internet".
Sobre el acceso inconsentido al disco duro de la abogada Marta Flor, el representante del Ministerio Publico pone de manifiesto que "teniendo en consideración la ausencia de denuncia de la persona afectada (…) no se puede acordar ninguna diligencia al respecto puesto que es necesaria la denuncia del perjudicado.
Las obras de remodelación de la sede de Podemos
También se pronuncia la Fiscalía sobre la adjudicación "a dedo" denunciada por Calvente de las obras de acondicionamiento del inmueble sito en la c/Villaespesa 18 de Madrid. Podemos optó por el procedimiento de urgencia porque "al parecer", según el denunciante, concluía el periodo de arrendamiento de la oficina de la calle Princesa. De la infracción aportada resulta que Podemos incumplió sus propias normas internas de licitación "con estándares de control muy superiores a la propia Ley de Contratos" pero que dicha circunstancia no reviste carácter delictivo.
Otra cuestión es la diferencia entre el precio de adjudicación de 1.361.055 euros y el de licitación era de 649.936,68 euros. Dado que la Fiscalía no cuenta con ningún elemento más para valorar la naturaleza delictiva de esta modificación al alza del precio final, se remite a la declaración del denunciante en sede judicial cuando señaló que "el presupuesto era muy inferior al valor real de las obras y que se bajó el importe para adjudicarlo a quien querían".
La Fiscalía aprecia que "ni siquiera el denunciante considera que el valor real de la obra no fuera el de 1.361.055 euros, sino que lo único que refiere es que la adjudicación fue a dedo". Incluso alude a la falta de referencias sobre la existencia de vínculos personales o patrimoniales injustificados que determinaran la adjudicación "a dedo" por cantidades muy superiores a las que pudieran corresponder a las obras.
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