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La Fiscalía solicita al Supremo la suspensión inmediata del artículo 100.2 a todos los golpistas del 1-O

Los fiscales solicitan que "se dicten las respectivas providencias en las que se acuerde la suspensión" del artículo 100.2 concedido a los golpistas.

Los fiscales solicitan que "se dicten las respectivas providencias en las que se acuerde la suspensión" del artículo 100.2 concedido a los golpistas.
Oriol Junqueras, Pere Aragonés y Raül Romeva. | EFE

La Fiscalía ha solicitado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que suspenda de manera inmediata la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a todos los condenados por sedición por el golpe del 1-O. Una petición que ya realizó el pasado 23 de julio con la expresidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, y que el Supremo acordó.

Los fiscales Javier Zaragoza y Jaime Moreno han presentado un escrito después de que el Supremo se declarase competente para conocer los recursos de apelación contra las decisiones de la administración penitenciaria sobre el régimen de semilibertad. En él, los fiscales piden que "se dicten las respectivas providencias en las que se acuerde la suspensión de la ejecutividad de las decisiones del Juzgado de Vigilancia aprobando el artículo 100.2 en tanto se hallan recurridas por el Fiscal en apelación, con comunicación al Centro Penitenciario respectivo".

El Ministerio Público recuerda que también ha recurrido estas decisiones de los juzgados de vigilancia penitenciaria, pero considera que mientras llegan los autos de los recursos de apelación al Supremo, la Sala presidida por el magistrado Manuel Marchena debe dictar "las oportunas providencias en las que se acuerde la inmediata suspensión cautelar" del artículo 100.2, respecto de Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

Precisamente, el auto del Supremo de la semana pasada zanjaba la controversia acerca del órgano competente para conocer de los recursos de apelación contra las decisiones de la administración penitenciaria que impliquen la aplicación del régimen previsto en el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario. La resolución apuntaba que el resto artículos aplicados 100.2 a los presos golpistas habrían sido rechazados si los recursos de la Fiscalía o los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria correspondientes se hubieran dirigido al Alto Tribunal.

Ayer, el juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 5 de Cataluña aceptaba el recurso de la Fiscalía contra el tercer grado de Junqueras, Romeva, Sànchez y Cuixart y Forn. Disfrutaban del tercer grado concedido por la consejería de Justicia de la Generalidad desde el pasado 17 de julio. En el caso de Carme Forcadell, el juzgado que le corresponde todavía no se ha pronunciado. En cuanto al resto de los condenados por el Supremo por sedición, Jordi Turull, Josep Rull y Dolors Bassa, la Fiscalía está elaborando el recurso contra su semilibertad.

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