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Los fiscales del 8-M no querían pedir el archivo de la investigación

Según fuentes jurídicas consultadas por LD, los fiscales Gloria Yoshiko Kondo Pérez y Enrique Remón Peñalver no querían pedir el archivo de la causa.

Según fuentes jurídicas consultadas por LD, los fiscales Gloria Yoshiko Kondo Pérez y Enrique Remón Peñalver no querían pedir el archivo de la causa.
El delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco | EFE

Los fiscales encargados de la causa del 8-M, Enrique Remón Peñalver y Gloria Yoshiko Kondo Pérez, no querían pedir el archivo de la investigación. Ambos fueron los firmantes del recurso presentado este lunes ante la titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel. En dicho escrito, el Ministerio Fiscal solicitaba el archivo de la causa en la que es investigado el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por un delito de prevaricación tras permitir manifestaciones entre el 5 y el 14 de marzo, en plena crisis del coronavirus. La instructora desestimó la petición.

Tal y como avanzó este diario, la identidad de estos fiscales especialistas en delitos económicos fue ocultada por el Ministerio Público en el recurso remitido a los medios de comunicación. Un hecho que ha vuelto a repetirse en el segundo recurso de la Fiscalía Provincial de Madrid presentado este jueves.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital, aseguran que Enrique Remón Peñalver y Gloria Yoshiko Kondo Pérez "son fiscales muy solventes y experimentados que no querían solicitar el archivo de la causa y que, a su vez, no querían seguir la línea marcada por la Abogacía del Estado". Recordamos que la Abogacía, que ejerce la defensa del dirigente socialista José Manuel Franco, ha presentado numerosos escritos pidiendo el archivo de la causa arremetiendo contra la juez Rodríguez-Medel y la Guardia Civil.

"Enrique Remón Peñalver y Gloria Yoshiko Kondo Pérez elaboraron el recurso pero fue corregido hasta la última coma por el nº 2 de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado", es decir, el fiscal jefe de la Secretaría Técnica, Álvaro García Ortiz. Unos hechos que ya denunció en directo la diputada de Vox, Macarena Olona, en Es la Mañana de Federico el pasado 1 de junio.

Las mismas fuentes apuntan que los fiscales del 8-M "no están de acuerdo en acusar a José Manuel Franco de haber cometido un delito de prevaricación, al considerar que no sería el responsable competente para prohibir las manifestaciones". No obstante, "defendían que la instrucción debía seguir adelante y además tampoco se oponían a que el delegado del Gobierno declarase como imputado ante la juez para explicar los hechos, aunque posteriormente no fuera procesado".

"La investigación está todavía en una fase muy incipiente para solicitar el archivo. Las pesquisas de investigación iniciadas con la imputación de José Manuel Franco podrían afectar en un futuro a otros miembros del Gobierno de Pedro Sánchez, por ello existe un gran interés en cerrarla. Hay una decisión política de no investigar", denuncian.

El hecho de no estar de acuerdo con la instrucción impuesta por sus superiores por un lado, y el deseo de no recibir presiones de los medios por otro, explicaría la ocultación de la identidad de los fiscales en sus escritos. No obstante, en los documentos presentados ante la juez Medel que constan en la causa, a la que ha tenido acceso LD, sí aparecen sus nombres.

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Escrito firmado por los fiscales del 8-M.

El funcionamiento del Ministerio Fiscal

El hecho de que el nº 2 de Dolores Delgado, Álvaro García Ortiz, moldee el escrito de los fiscales del caso del 8-M no supondría una irregularidad en sí misma al estar amparado por el Estatuto Fiscal, aunque sí demuestra "el control" que quiere ejercer de la causa la Fiscalía General.

El artículo segundo del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal señala que "el Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia, integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, y ejerce su misión por medio de órganos propios, conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad".

Por su parte, el articulo 25 establece que "los miembros del Ministerio Fiscal pondrán en conocimiento del Fiscal General del Estado los hechos relativos a su misión que por su importancia o trascendencia deba conocer". Es decir, los fiscales están obligados a poner en conocimiento de sus superiores temas de especial relevancia, como el caso del 8-M, y los superiores jerárquicos pueden dar instrucciones para enfocar sus escritos amparándose en el principio de unidad de actuación.

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