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Iglesias vuelve a hacerse la víctima de las 'cloacas' para defender que es "el principal perjudicado" del caso Dina

En el recurso, al que ha tenido acceso LD, Iglesias dice que "es el principal perjudicado en la difusión del material sustraído ilícitamente a Dina".

En el recurso, al que ha tenido acceso LD, Iglesias dice que "es el principal perjudicado en la difusión del material sustraído ilícitamente a Dina".
Pablo Iglesias en la Audiencia Nacional | EFE

El vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, ha vuelto a recurrir a la supuesta conspiración de las cloacas con algunos medios de comunicación para recurrir la retirada de su condición de testigo perjudicado en el caso del robo del teléfono móvil de su exasesora, Dina Bousselham. Una decisión adoptada la semana pasada por el magistrado Manuel García Castellón en el marco del caso Villarejo.

En el recurso de reforma de 16 páginas presentado ante el Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso Libertad Digital, Iglesias dice que "es el principal perjudicado en la difusión del material sustraído ilícitamente a Dina".

El escrito dedica muchas de sus páginas en atacar al medio de comunicación Okdiario y apunta que "a los efectos de acreditar la condición de perjudicado de mi representado, resulta necesario, poner en relación las fechas claves en este proceso, con el contexto temporal y político en el que se produce la revelación y difusión ilegal de informaciones de carácter personal y privado, relativas en su mayor parte a mi representado".

"En el presente procedimiento se está investigando una organización criminal, en la que el Sr Villarejo, presuntamente recibía 'encargos' y uno de ellos era realizar, presuntamente, maniobras de intoxicación informativa, e inclusive en algunos casos creación y difusión de campañas mediáticas de desprestigio", señala el escrito firmado por la letrada de Podemos Marta Flores.

"Y dada la correlación de fechas", añade, "y de indicios citados, presumiblemente, todas las actuaciones ocurridas desde el robo del móvil, pasando por el informe PISA, hasta la difusión en los medios del contenido del móvil de Doña Dina, tienen una clara correlación con los hitos electorales que se han señalado, siendo gravemente perjudiciales para Podemos y sus miembros, particularmente al Sr Iglesias, las publicaciones que realizan los medios de comunicación".

"Se deduce con claridad que mi representado es el principal perjudicado en la difusión del contenido del material sustraído ilícitamente a Doña Dina, pues se 'aprovecha' por distintos medios de comunicación, la información que principalmente pudiera serle perjudicial al señor Iglesias, siendo un hecho indiciario aún no probado, que el robo del móvil a la señora Bousselham, fue utilizado para perjudicar a Pablo Iglesias, pues se ha acreditado que se había publicado, rumorología sobre que pudieran ser pareja, debido a las informaciones infundadas aparecidas en noticias previas al robo", sostiene el escrito.

"Inclusive el señor Asensio (editor del Grupo Zeta)", añade, "refiere que se le entrega a los efectos de proteger al señor Iglesias de una posible extorsión, luego la información sustraída a Doña Dina, y que luego fue publicada por varios medios de comunicación, tenía un claro objetivo, el de perjudicar a Pablo Iglesias, revelando aspectos de carácter confidencial relativos a la formación de la que es Secretario General, difundiendo conversaciones íntimas en las que él participa e inclusive, obtener datos de carácter económico pertenecientes al mismo.

Sobre la tarjeta de memoria entregada por Iglesias

El recurso de reforma de Pablo Iglesias también se refiere a la tarjeta de memoria que el líder de Podemos entregó destruida a Bousselham 6 meses después: "Más allá de cualquier reflexión sobre la tarjeta obrante en las actuaciones, de la posesión de la misma, y la cadena de custodia respecto de ésta, dicha circunstancia no impugna en forma alguna que conste indiciariamente acreditado la existencia de los archivos creados en diciembre de 2015 como recoge el informe policial de fecha 13 de enero de 2020 y cuyas capturas de pantalla contenidas en esos archivos, son idénticas a las publicadas".

"Entendemos que, ajenas a otras consideraciones es el mantenimiento de la condición de perjudicado de mi representado, en la medida en que los datos contenidos y hechos públicos, han sido utilizados para tratar de desacreditarle siendo perjudicado de dichas actuaciones por lo que entiende se debe mantener su condición de perjudicado", concluye.

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