Las restricciones al movimiento impuestas por el estado de alarma han generado numerosas dudas entre los ciudadanos que las autoridades gubernamentales no han terminado de aclarar en las últimas semanas. Es más, en algunos casos, las explicaciones a casos particulares que daban los altos cargos del Gobierno han sido contradictorias entre sí, lo que ha ayudado a aumentar la confusión inicial.
El Ministerio de Transportes y Movilidad ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) tres normas relativas a la movilidad, una de las cuáles ayuda a resolver las dudas sobre qué cantidad de personas pueden ir en un vehículo cuando se dirigen a su puesto de trabajo, uno de los casos particulares que había creado confusión sobre si estaban limitadas o no a una persona por vehículo, tal como como marca como regla general el decreto.
La Orden TMA/254/2020 establece ahora que en los vehículos de transporte público o privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, en los que deba viajar más de una persona por vehículo, solo podrá viajar una persona por cada fila de asientos, debiendo mantenerse además la máxima distancia posible entre cada uno de los ocupantes que vaya en el mismo.
La secretaria de Estado de Transportes, María José Rallo, ha explicado en la rueda de prensa de técnicos diaria en el Palacio de La Moncloa que, por ejemplo, en el caso de los vehículos más habituales, de cuatro o cinco plazas, "sólo podrán viajar dos personas siempre que vayan una adelante y una atrás", ha insistido a que pueden hacerlo "siempre que sea para las actividades autorizadas en el real decreto. No para uso de ocio o cualquier otro uso no autorizado".
Las otras dos normas publicadas por el Ministerio de Transportes y Movilidad, firmadas por el ministro José Luis Ábalos, se refieren a la prórroga de la prohibición de vuelos con Italia, salvo para casos de vuelos de Estado, médicos o de repatriación de españoles, y otra relativa a las condiciones de apertura de los hoteles que van a ser utilizados para alojar a aquellas personas que prestan servicios esenciales.