Torra podría ser inhabilitado a partir del 3 de enero
Nuevo nubarrón en los planes de Sánchez: la JEC analizará la posible inhabilitación de Torra a partir del próximo 3 de enero.
La inhabilitación inminente de Quim Torra, y por tanto su fin como presidente de la Generalidad, es una posibilidad que podría convertirse en realidad a partir del próximo 3 de enero si para entonces, en la reunión prevista de la Junta Electoral Central (JEC), se analiza el expediente completo de la Junta de Barcelona.
Fuentes de la Junta Electoral Central han explicado a Efe que no es seguro en estos momentos que la decisión como tal se adopte en la reunión convocada para el próximo viernes día 3, no prevista inicialmente.
La urgencia en la convocatoria de esta reunión obedece a las situaciones que durante los últimos días se han creado alrededor de Torra y del líder de ERC, Oriol Junqueras, actualmente en prisión por delitos de sedición y malversación.
Sobre el primer caso, los acontecimientos se han acelerado después de que la Junta Provincial de Barcelona, la competente en primera instancia, desestimara tres peticiones del PP, de Vox y de Cs para que se le retirase la credencial como diputado en el Parlamento de Cataluña por esta provincia.
Consideró este organismo que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que plantea inhabilitar a Torra durante año y medio por un delito de desobediencia, no es firme.
La maniobra del PP
Al quedar sin efecto su reclamación en la Junta de Barcelona, el PP ha anunciado este viernes por medio de Pablo Casado que se dirigirá a la Junta Electoral Central para que revoque la decisión y proceda a la retirada del acta. Casado ha explicado la decisión de su partido desde el municipio alicantino de Almoradí: ha destacado que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que una "persona condenada" por sentencia firme no puede ejercer como parlamentario, tampoco en la Unión Europea. Entre otras razones, ha subrayado, porque Junqueras está "inhabilitado".
Sobre Torra, condenado por un delito de desobediencia, tal y como decidió el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña hace unos pocos días, Génova considera que aunque la sentencia no es firme al presidente de la Generalidad hay que adjudicarle la inhabilitación por "incompatibilidad sobrevenida", figura que recoge la Loreg y que la Junta Electoral Central ya ha puesto en práctica con alcaldes en acuerdos de años anteriores. "Torra deba dejar su puesto de presidente de la Generalitat. Como el Gobierno no lo hace, lo hacemos nosotros", ha afirmado Pablo Casado.
Los trámites necesarios
Las fuentes consultadas indican a Efe que es probable que ese asunto se vea en la reunión de la JEC del 3 de enero, pero "no seguro", ya que el procedimiento requiere aún que se completen ciertos trámites.
Como la Junta no actúa de oficio, sino a instancias de parte, necesita el escrito del PP anunciado este viernes por Pablo Casado para tomar decisiones. Sin embargo, ese texto del PP es un recurso ante la Junta de Barcelona, que, por consiguiente, trasladará a Torra para que presente las alegaciones que considere.
Ello supondrá la redacción de un expediente por parte de la Junta Provincial que, acto seguido, será enviado a la Junta Central, y es esto lo que analizará el 3 de enero para la toma de una decisión, justo lo que ha pedido el PP.
Las fuentes señalan que efectivamente es probable que la documentación completa llegue el próximo viernes, pero no seguro porque, apuntan, "hay varios días festivos en medio".
Si la Junta optara por instar a la inhabilitación inmediata de Torra, el trámite se desplazará a la Mesa del Parlamento de Cataluña.
La JEC sí tendrá sobre su mesa la solicitud del PP para inhabilitar a Junqueras después de que el Tribunal de Justicia de la UE estableciera que su inmunidad como eurodiputado empezó el mismo día de las elecciones al Parlamento europeo, el 26 de mayo.
El líder de ERC no estuvo presente en el acto de acatamiento que tuvo lugar en junio en el Congreso porque el Tribunal Supremo no le autorizó a salir de prisión para entregar la credencial y jurar o prometer la Carta Magna.
Como no estuvo presente, condición indispensable para desembarcar luego en el Parlamento europeo, Junqueras se quedó sin el acta que le permitiría presentarse en la sesión constitutiva de la Cámara de la UE.
La decisión que tome la JEC respecto de Junqueras vendrá determinada por el artículo 6.2 a) de la Ley Electoral, que establece que son inelegibles los "condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad".
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