La inhabilitación de Torra tardará hasta un año en ser efectiva si es condenado por desobediencia
Según las fuentes jurídicas consultadas por LD, el Supremo tardaría en resolver su recurso de casación hasta 11 meses si es admitido a trámite.
La inhabilitación del presidente de la Generalidad de Cataluña, Quim Torra, tardará hasta un año en ser efectiva si es condenado por un delito de desobediencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ya que podrá recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.
Este lunes arranca el juicio contra Torra en el TSJC por negarse a retirar los lazos amarillos golpistas de los edificios públicos de la Generalidad tras los requerimientos de la Junta Electoral Central JEC en la campaña de las elecciones municipales del 26 de mayo. La Fiscalía Superior de Cataluña presentó una querella que inició esta causa y solicita para el presidente catalán un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros.
Según las fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital, al considerarse un caso relativamente "sencillo" la sentencia podría estar lista a partir de las siguientes 2 semanas. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lleva acumulando una gran carga de trabajo en los últimos meses y esta circunstancia podría retrasar más de lo deseado el fallo.
Tras la sentencia, la eventual inhabilitación de Torra si es condenado por desobediencia por el TSJC no será inminente. El presidente catalán podrá presentar en los siguientes 15 días el correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Una vez presentado dicho recurso ante el Alto Tribunal, podrá ser inadmitido en un plazo de 3 meses. Sin embargo, lo más probable es que el recurso sea admitido a trámite. La Sala Penal del Supremo tarda una media de 11 meses en resolver estos asuntos. Es decir, tras una hipotética condena, Torra podría seguir siendo presidente catalán hasta que el Supremo se pronuncie 1 año después con una sentencia firme, si no hay convocatoria electoral en Cataluña. No se descarta que luego Torra incluso acudiese al Tribunal Constitucional presentando un recurso de amparo.
Tras la intervención de Torra en el juicio del lunes en el TSJC a partir de las 9 de la mañana, comparecerán agentes de la Policía Nacional, dos de los cuales declararán a través de videoconferencia. Por la tarde, el portavoz de C´s en el Parlamento catalán, Carlos Carrizosa será el primero en declarar a partir de las 16.00 horas, seguido de la delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera; la concejal JxCat en el Ayuntamiento de Barcelona, Elsa Artadi; el Síndic de Greuges, Rafael Ribó; y por último, será el turno del consejero de Interior, Miquel Buch.
El limbo judicial de Pere Aragonés
Mientras tanto, el posible sucesor de Quim Torra al frente de la Generalidad, el actual vicepresidente catalán, Pere Aragonès, se encuentra en un limbo judicial. Durante el juicio sobre el golpe del 1-O, Aragonés solicitaba al Tribunal Supremo que le eximiera de declarar alegando que mantenía la condición de investigado por parte del Juzgado de instrucción nº 13 de Barcelona. Petición que fue aceptada por el tribunal.
Según el vicepresidente catalán, era público y notorio que la Guardia Civil le había estado investigando y que el juez instructor del 13 remitió en agosto del año pasado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña TSJC un escrito en el que fundamentaba su posible imputación junto a otros aforados como Lluís Salvadó y Josep Maria Jové.
Aunque el TSJC no consideró oportuno abrir un procedimiento contra el vicepresidente, tampoco estimó necesario realizar un auto de sobreseimiento y archivo. Por ello, Aragonès apuntaba que su situación continúa siendo la de "materialmente investigado" en el Juzgado número 13 y que su declaración como testigo podría lesionar sus derechos.
En su resolución, el TSJC dejaba la puerta abierta indicando que la investigación no detalla "los concretos actos referidos a la esfera de responsabilidad" de Aragonès, secretario de Economía cuando se organizó el 1-O, que "habría realizado u omitido para sostener la realización del referéndum". Estas carencias, según señaló el TSJC en noviembre del año pasado, "impiden aceptar –por ahora– su investigación, sin perjuicio de lo que pudiera decidirse si en el curso de la instrucción que se lleva a cabo en el juzgado remitente apareciesen elementos probatorios" que lo justificasen.
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