El expresidente de la ANC, Jordi Sánchez y el presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart, tendrán Reyes Magos estas Navidades en forma de permisos penitenciarios en sólo 3 meses, tras ser condenados a 9 años de cárcel por sedición en el Tribunal Supremo por el golpe 1-O.
Los Jordis cumplen mañana 2 años en prisión, tras ser encarcelados el 16 de octubre de 2017 por orden de la titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela. Al ser condenados a 9 años, el próximo mes de enero habrán cumplido un cuarto de su condena (2 años y 3 meses).
Es preciso señalar que existen tres grados para clasificar a los internos. El primer grado es el reservado para los más peligrosos como presos terroristas, asesinos, violadores. Es el más restrictivo y no tienen derecho a beneficios, ni a salidas del centro. En el segundo grado, los reos ya pueden tener salidas o permisos al cumplir un cuarto de su condena. Éste es el más común y en el que son clasificados el 80% de los reclusos, salvo Cataluña que tiene transferidas la competencias en esta materia.
Finalmente, en el tercer grado los encarcelados sólo acuden al centro penitenciario para dormir entre semana, lo que les permite trabajar y pasar los fines de semana en libertad. La Junta de Tratamiento de cada centro penitenciario es el encargado de decidir su clasificación y los beneficios penitenciarios que reciben, decisión que traslada a la secretaría correspondiente de la Consejería.
En estos momentos, tras confirmarse la condena de 9 años para los Jordis, la Junta de Tratamiento de la prisión de Lledoners en la que se encuentran, deberá clasificarlos en segundo o en tercer grado en un periodo máximo de 2 meses, tras recibir la sentencia del Supremo. Según las fuentes consultadas por Libertad Digital, previsiblemente serán clasificados en 2º grado y posteriormente, se les aplique el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, el llamado principio de flexibilidad., para obtener permisos penitenciarios, sus particulares Reyes Magos en el mes de enero.
El artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario establece que "con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad".
Es decir, los Jordis pueden ser clasificados en segundo grado y conseguir permisos penitenciarios como si hubieran sido clasificados en tercer grado. Las mismas fuentes sostienen que ésta es la opción más probable que se les aplique para "evitar el escándalo de clasificarlos directamente en tercer grado". La Fiscalía podría recurrir la aplicación del artículo 100.2 en primera instancia ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y en segunda instancia ante la Audiencia Provincial correspondiente.
No obstante, recordamos que las competencias de Instituciones Penitenciarias están transferidas en Cataluña y la clasificación directa en tercer grado "es un extremo que tampoco puede descartarse". Por tanto, aplicarles el 100.2 en segundo grado "sería el truco para concederles permisos" sin que la opinión pública se escandalice.
El Supremo tendrá la última palabra en la clasificación
En el juicio del 1-O celebrado en el Tribunal Supremo, la Fiscalía solicitó en su escrito de conclusiones definitivas que el tribunal impidiera que se concediera el tercer grado a los presos golpistas hasta la mitad del cumplimiento de la pena con la aplicación del artículo 36.2 del Código Penal. El Supremo lo rechazaba y dicho trámite se realizarán por el conducto habitual. Por lo tanto, el fiscal deberá presentar un recurso si piensa que se ha concedido algún beneficio de forma ilegal.
No obstante, si la Fiscalía presenta un recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria correspondiente y no le da la razón, según la Ley, la clasificación del grado penitenciario se podría recurrir por segunda vez ante el tribunal que ha juzgado, en este caso sería el Tribunal Supremo, que tendría la última palabra.
Los permisos para el resto de presos golpistas
Los once años y medio de condena de Carme Forcadell implican que la cuarta parte de la pena son dos años y ocho meses. Para Josep Rull y Joaquim Forn (condenados a diez años y medio) la frontera está en dos años y siete meses. La cuarta parte de la condena para Raül Romeva y Jordi Turull son tres años, mientras que para Oriol Junqueras son tres años y dos meses. Es decir, el periodo temporal para obtener permisos entre los presos golpistas oscila entre los tres meses y un año y dos meses.
Los 'Jordis' son los únicos presos que han permanecido de forma ininterrumpida encarcelados desde el 16 de octubre del 2017. De los otros siete condenados los únicos que no han salido del centro penitenciario desde que se ordenó su encarcelamiento, el 2 de noviembre de 2017, fueron Oriol Junqueras y Joaquim Forn. El resto estuvo un breve tiempo en libertad provisional, pues el magistrado Pablo Llarena fijó una fianza de 100.000 euros, hasta que ordenó que volvieran a la cárcel en marzo del 2018.