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La fiscal jefe del Tribunal Constitucional avaló la candidatura de Puigdemont a las elecciones europeas

Según las fuentes consultadas por esRadio y LD, el escrito de la Fiscalía de Madrid fue "consensuado" de arriba a abajo en el Ministerio Público.

Según las fuentes consultadas por esRadio y LD, el escrito de la Fiscalía de Madrid fue "consensuado" de arriba a abajo en el Ministerio Público.
Puigdemont con Comín y Ponsatí en Schengen, esta semana | EFE

La fiscal jefe del Tribunal Constitucional, María Ángeles Sánchez, también avaló la decisión del Ministerio Público de permitir la candidatura del expresidente catalán huido, Carles Puigdemont, y de los exconsejeros fugados, Antoni Comín y Clara Ponsatí, a las elecciones europeas del próximo 26 de mayo.

Según las fuentes consultadas por esRadio y Libertad Digital, el escrito de la Fiscalía de Madrid firmado por Amelia Díaz-Ambrona fue "consensuado" de arriba a abajo en el Ministerio Público, con el objetivo de dar una imagen de unidad en el propio Ministerio Fiscal y que sus diferentes órganos no adoptaran posturas contradictorias.

De hecho, la decisión fue avalada por la fiscal general del Estado, María José Segarra; el fiscal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Pedro Crespo y la citada fiscal jefe del Constitucional. Eso sí, los fiscales del Supremo que juzgan en la actualidad a los golpistas por el 1-O, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno, no fueron consultados.

Estas mismas fuentes apuntan que el Ministerio Público tiene que velar por la aplicación de la Ley, independientemente de que "la decisión guste más o menos". Recordamos que los argumentos de la Fiscalía fueron recogidos en el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y en el auto del Juzgado de lo Contencioso de Madrid, que fallaba a favor de Puigdemont, Comín y Ponsatí.

Los recursos ante el Tribunal Constitucional

La Sala Primera del Tribunal Constitucional por unanimidad ha inadmitido a trámite los recurso de amparo presentado por el Partido Popular y por Ciudadanos contra la candidatura de Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí a las elecciones del Parlamento Europeo. El Tribunal considera que no existe de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo (art. 44 LOTC).

Según avanzaban las fuentes consultadas por este diario, los recursos "tendrían poco recorrido", ya que el auto del Juzgado de lo Contencioso de Madrid se ajusta a la doctrina del Tribunal Constitucional y de hecho, recoge los argumentos avalados por la propia fiscal jefe del TC.

En este contexto, permitir a Puigdemont presentarse a las elecciones europeas respalda el artículo 23 de la Constitución Española de garantizar la participación en asuntos públicos; la situación de rebeldía de Puigdemont no es causa de "inegibilidad" según la LOREG que exige una condena con sentencia firme y, por último, garantiza los derechos fundamentales como es el sufragio pasivo con una amplia interpretación de la norma.

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