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El Gobierno prohíbe las lanchas de alta velocidad para que no se usen como "narcolanchas"

Se creará un registro en Hacienda para todos aquellos que quieran utilizar estas embarcaciones conforme a la legalidad

Narcolanchas en el estrecho de Gibraltar. | Interior.gob

El Ejecutivo de Pedro Sánchez piensa que poniendo coto a las embarcaciones neumáticas de alta velocidad puede frenar la actividad de las organizaciones criminales y de tráfico de estupefacientes que operan en las costas del sur de España, principalmente en la provincia de Cádiz, y que utilizan este tipo de lanchas rápidas para transportar drogas (hachis y cocaína, en su mayoría) desde la costa norte de Marruecos hasta nuestro país.

Es por ello que el Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que prohíbe este tipo de embarcaciones, conocidas popularmente como narcolanchas, que complican de manera importante la labor de la Guardia Civil y Vigilancia Aduanera porque son mucho más rápidas y ágiles que las embarcaciones con las que cuentan estos organismos públicos y, además, son difícilmente detectables por los sistemas de control y seguridad en el estrecho.

El Gobierno considera que con la normativa actual resulta "muy difícil" actuar contra estas mafias porque estas lanchas "son intervenirlas cuando se han desprendido de la carga ilícita, siendo imposible proceder legalmente" y que la nueva norma supone un control "sobre estos sofisticados medios de transporte marítimo, que escapan en muchas ocasiones a los controles policiales y aduaneros", lo que dificultará enormemente, a su juicio, el traslado de mercancías ilícitas.

"Mediante esta iniciativa se penalizará el uso ilegítimo de las embarcaciones semirrígidas y neumáticas de alta velocidad, denominadas RHIBS, al objeto de dotar a los órganos encargados de la represión del contrabando de una herramienta jurídica eficaz para proceder contra una tipología de embarcaciones habitualmente utilizada por las organizaciones mafiosas, permitiendo incautarlas incluso en tierra y sin carga ilícita", justifica el texto del Real Decreto.

"La simple tenencia de estas embarcaciones constituirá un supuesto de contrabando y permitirá a las Fuerzas de Seguridad su inmediata intervención", continúa el Gobierno, que en un principio iba a realizar esta modificación legal a través de una ley ordinaria, pero que ha cambiado su parecer y lo hace a través de un Real Decreto porque dice haber observado cómo estas lanchas también están siendo utilizadas para el tráfico de personal desde el norte de Marruecos a las costas españolas.

De forma paralela, se va a crear un Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad, ubicado en la Agencia Tributaria, a la que podrán acceder los organismos públicos, donde toda aquella persona que posea una embarcación de este tipo deberá registrarla especificando sus características: eslora y potencia de motores, la actividad para la que se solicita la autorización y el área geográfica donde se empleará dicha embarcación.

El Real Decreto afectará a las embarcaciones mencionadas que tengan "más de ocho metros de eslora, así como a las de longitud igual o inferior que cuenten con una potencia máxima igual o superior a 150 kilovatios, y a cualquier otra embarcación, con independencia de dimensiones y potencia, si existen indicios racionales enumerados en la propia regulación de que pueden ser utilizadas para cometer o facilitar la comisión de un delito de contrabando".

De forma paralela, se incluirá un régimen de excepciones a la prohibición en la que se incluirán las neumáticas y semirrígidas adscritas a las Fuerzas Armadas y cuerpos de seguridad, embarcaciones del Estado y administraciones territoriales, buques o embarcaciones de estados extranjeros que se encuentren legalmente en aguas españolas, las que actúan exclusivamente como auxiliares de otras embarcaciones principales y las de ONG u otras instituciones internacionales reconocidas por España.

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