El Tribunal Constitucional marcará la línea en relación a los procesados por delito de rebelión que se encuentran en prisión incondicional o fugados. Los magistrados han admitido a trámite tres recursos de los separatistas catalanes afectados en cuestión.
El primero, del exvicepresidente catalán y líder de ERC Oriol Junqueras y quien fuera consejero Raül Romeva contra la suspensión automática de los cargos públicos. Tal y como marca el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es una medida automática contra los procesados por rebelión en firme que estén en prisión. Cargan contra esta consecuencia avalada ya por el juez Pablo Llarena y la Sala de lo Penal.
El segundo, del expresidente Carles Puigdemont y los exconsejeros Clara Ponsati y Lluís Puig contra el auto de procesamiento elaborado por el juez instructor y confirmado también por su superior jerárquico en el Tribunal Supremo.
Por último, del expresidente de Ómniun Cultural Jordi Cuixart contra los autos que ordenan y confirman, en distintas instancias desde la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, la medida cautelar de prisión incondicional.
El Tribunal aprecia que concurre en los tres los recursos de amparo una especial trascendencia constitucional porque plantean problemas o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina del Constitucional. Requieren a las partes para que en plazos de diez días se pronuncien sobre la cuestión.
Estudiarán si Forcadell vulneró derechos parlamentarios
El Pleno ha admitido también un recurso presentado por el Grupo de Ciudadanos en el Parlamento de Cataluña. Pone en tela de juicio la decisión de la expresidenta de la Cámara Carme Forcadell, que suspendió seis sesiones ordinarias en septiembre y octubre de cara a la convocatoria del referéndum ilegal del 1 de octubre.
El Tribunal analizará si, como dice la formación liderada por Inés Arrimadas, se han vulnerado sus derechos fundamentales por la actuación de Forcadell, procesada por delitos de rebelión y malversación y en prisión provisional desde el 23 de marzo. En concreto, si se ha producido una lesión de las facultades parlamentarias de control e impulso del gobierno por parte de los diputados autonómicos.