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El TC rechaza suspender la prisión incondicional de Forcadell

El Pleno no aprecia vulneración de los derechos fundamentales de la expresidenta del Parlamento de Cataluña procesada por rebelión.

El Pleno no aprecia vulneración de los derechos fundamentales de la expresidenta del Parlamento de Cataluña procesada por rebelión.
Carme Forcadell en el Tribunal Supremo | EFE

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad denegar la petición de suspensión de prisión provisional, comunicada y sin fianza de Carmen Forcadell contra el auto de 17 de mayo de 2018 de la Sala Penal del Tribunal Supremo, que confirmó la decisión del magistrado instructor de la causa especial Pablo Llarena.

La resolución explica que la suspensión cautelar de las resoluciones impugnadas en amparo se configura como una medida de carácter absolutamente excepcional y de aplicación restrictiva. "La doctrina constitucional ha establecido de forma constante e indubitada, en relación con la posibilidad de acordar la suspensión de decisiones judiciales donde se acuerdan medidas cautelares privativas de libertad, que (...) su suspensión equivaldría a un otorgamiento anticipado del amparo solicitado".

La demandante en amparo consideraba que las resoluciones judiciales impugnadas vulneraban su derecho al juez imparcial, el derecho a la libertad, a la defensa, a un proceso con todas las garantías y al derecho a la doble instancia penal.

El órgano encargado de velar por la Constitución rechazó ya la puesta en libertad de forma preventiva a otros procesados como el exlíder de la ANC Jordi Sánchez y el secretario general de ERC y exvicepresidente de la Generalidad Oriol Junqueras.

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