Convergencia Democrática de Cataluña y su heredera disfrazada con el cambio de siglas PDeCat están imputadas por corrupción. El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata amplía la investigación en la causa del llamado "3 por ciento" atribuyendo la condición de personas jurídicas investigadas por delitos de tráfico de influencias, cohecho y blanqueo de capitales a ambas formaciones. El magistrado emplaza a las dos entidades, sociedades mercantiles, para que designen abogado y procurador.
De la Mata explica que en esta causa se investiga a altos cargos de Convergencia como el exresponsable económico y jurídico Francesc Sánchez, la que fuera jefa financiera Anna Dolors Benítez, el exgerente Carles del Pozo o exdiputado regional y exconsejero Germà Gordó. En coordinación con otros cargos públicos y funcionarios de varias Administraciones e instituciones públicas catalanas, "pusieron en marcha una estructura para financiar ilegalmente el partido en forma encubierta mediante donaciones a Fundaciones ligadas como CATDEM y FORUM BARCELONA. Alteraban, en connivencia con empresarios y otros políticos, todo tipo de concursos públicos, con la finalidad de dirigir los mismos hacia empresas colaboradoras de la formación".
Los pagos, indica De la Mata, se obtenían por las Fundaciones y, por ende, por el partido político CDC, en ocasiones como contraprestación por la adjudicación de contratos de obra pública o de servicios, con "vulneración de los principios de legalidad, igualdad y transparencia y, en otras simplemente para conseguir mejorar las expectativas de ser beneficiarios de tales contratos".
El monto total de licitaciones comprometidas asciende por ahora a 218.759.664,19 €; el importe de las adjudicaciones definitivas asciende a 168.706.262,00 €, a los que hay que añadir los modificados de proyectos (1.777.626,84 €) y las prórrogas (4.539.755,37 €), es decir, aproximadamente 175.000.000 €; las "donaciones" irregulares ligadas a estas adjudicaciones ascienden a más de 1.000.000 €.
Financiación descontrolada
De la Mata argumenta que CDC no disponía de un sistema o un mero protocolo de control interno que garantizara la adecuada intervención y contabilización de todos los actos y documentos de los que se derivaran derechos y obligaciones de contenido económico que pudiera ser sometido a verificación e informe. Así se refleja, añade, incluso en los propios informes de auditoría interna del Partido, circunstancia que en los informes del Tribunal de Cuentas aparece como incumplimiento.
Señala el instructor que tanto los órganos como el personal con responsabilidad directiva en CDC estaban en conocimiento de las irregularidades advertidas en relación con la operativa de financiación que se investiga en esta causa.
La operativa investigada, según el juez, se ha mantenido en el tiempo y permanece inalterable, con independencia de los relevos en las personas integrantes de dichas estructuras. Como prueba de ello, señala que los cambios en la estructura del partido no supusieron en ningún caso un cese en la comisión de los hechos investigados, suponiendo únicamente una modificación en la identidad de las personas partícipes.
El juez afirma que pese a ser conocedores de esta operativa de financiación Ilícita, en las que se utilizaba a las fundaciones vinculadas al partido como "sociedades Interpuestas" a través de las cuales, empresas adjudicatarias de contratos públicos hacían llegar al partido comisiones, que simulan corresponderse con donaciones, los órganos y cargos con responsabilidad en el partido, no habrían emprendido ninguna Iniciativa para impedir una actividad delictiva mantenida, al menos, durante 11 años.
PDeCAT, mero continuador de CDC
En su resolución, el juez se remonta al mes de julio de 2016 cuando desde CDC se toma la decisión de cesar en su actividad e impulsar la fundación de un nuevo partido político, el PDeCat. Sin embargo, de la Mata concluye que la creación de este partido se corresponde con "la mera transformación o cambio de apariencia de una misma realidad, con la finalidad de desconectarse de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido la formación política precedente (CDC)".
"La conclusión alcanzada –dice el juez- es que la supuesta disolución como "actor político" de CDC y la creación del PDECAT como nuevo partido pudiera definirse como meramente aparente, al conservarse en el nuevo partido una identidad sustancial con la estructura, funcionamiento y recursos con los que contaba el anterior grupo y que, en muchos casos, son titularidad de CDC". Estos indicios, agrega, parecen "corresponderse con el hecho de que, a los limitados efectos que ahora interesan, la creación del PDECAT se podría identificar con una mera transformación o incluso con un simple cambio de apariencia, del partido que impulsa su creación, CDC, para eludir las responsabilidades penales en que hubiera podido incurrir".