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El TC admite recursos y estudiará el amparo a los separatistas en última instancia

Puigdemont y otros procesados por rebelión alegan por la vulneración de derechos en la suspensión de funciones o la prisión provisional.

Puigdemont y otros procesados por rebelión alegan por la vulneración de derechos en la suspensión de funciones o la prisión provisional.
Sede del Tribunal Constitucional | EFE

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite después de todo los recursos de los principales procesados en la causa contra el desafío separatista. El Pleno de los doce magistrados que conforman el órgano defensor de la Carta Magna ha decidido por unanimidad que estudiarán las alegaciones. En primer lugar, las del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull contra el auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo que los suspendió de sus cargos públicos.

Según los recurrentes, dicha resolución judicial vulnera el derecho fundamental de los diputados del Parlamento de Cataluña. El Tribunal aprecia que concurre en el recurso de amparo una "especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho constitucional sobre el que no hay doctrina". Los magistrados requieren a la Sala de lo Penal del Supremo para que en 10 días remitan certificación de las actuaciones correspondientes.

Por otro lado, el Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad admitir a trámite los recursos de amparo de Raúl Romeva, Carme Forcadell y Dolors Bassa contra el auto de la Sala de Apelación de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que confirmó la medida cautelar de prisión preventiva incondicional. Añaden, con el mismo argumento, que concurre "una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal". Los recurrentes invocan, entre otros, la vulneración de los siguientes derechos: al juez ordinario predeterminado por la ley; a la libertad y a la participación política; a la libertad ideológica; y a la presunción de inocencia.

En esta batería de resoluciones, el Constitucional ha admitido también el recurso de amparo de Ciudadanos contra los acuerdos del Pleno y la Mesa del Parlamento de Cataluña que tramitaron los días 7 y 8 de septiembre de 2017 la proposición de"Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República". Los diputados recurrentes solicitan que se declare la vulneración de su derecho fundamental a la participación en asuntos públicos en condiciones de igualdad que reconoce el artículo 23 de la CE. La providencia razona que en este caso concurre una "especial trascendencia constitucional porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales".

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