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El Tribunal Supremo rechaza la querella de Torra contra Rajoy y Sáenz de Santamaría

Les acusó por no publicar los nombramientos de los primeros consejeros y el Supremo dice que no hay delito alguno.

Les acusó por no publicar los nombramientos de los primeros consejeros y el Supremo dice que no hay delito alguno.
El presidente de la Generalidad de Cataluña, Quim Torra, con Carles Puigdemont | EFE

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acogido el criterio de la Fisalía y ha inadmitido de plano la querella que presentó el pasado 1 de junio el presidente de la Generalidad, Quim Torra, contra el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy y contra la expresidenta Soraya Sáenz de Santamaría por una presunta prevaricación al no publicar los primeros nombramientos de consellers. Considera el alto tribunal que los hechos no son constitutivos de delito alguno.

Las actuaciones atribuidas a Rajoy y Sáenz de Santamaría, según el auto dado a conocer este lunes, "no permiten inferir, siquiera indiciariamente, la comisión de un delito de prevaricación administrativa por omisión".

El auto recoge la posición de la Fiscalía, que considera que la denegación de la publicación del Decreto 2/2018 de 19 de mayo de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña, por el que se nombraron los primeros consejeros, entre ellos los presos preventivos por la causa del procés Josep Rull y Jordi Turull, no puede ser considerado como un acto "injusto y arbitrario" en los términos exigidos por el Código Penal según la propia interpretación del Tribunal Supremo.

A juicio del fiscal de Sala del Supremo, Luis Navajas, que es quien firmaba el informe de ocho páginas sobre este asunto, la decisión del Gobierno de no publicar los nombramientos se realizó con arreglo al entonces ordenamiento vigente -aplicación del artículo 155 en Cataluña-, que exigía la "verificación de la legalidad de las actuaciones de la Generalitat".

"Las facultades conferidas en virtud del artículo 155 al Gobierno de la Nación implican otorgarle la realización de un juicio de valor acerca de si la resolución de la Generalitat de Cataluña que se analiza es contraria a dicho ordenamiento, y si ello así se considera, puede y debe oponerse a la publicación de dicha resolución", añadía el fiscal.

Lo dicho sobre Rull y Turull también puede aplicarse, y por los mismos motivos según el fiscal, a las situaciones de los también entonces nombrados consejeros Antoni Comín y Lluis Puig, exmiembros del gobierno de Carles Puigdemont y huidos a Bélgica, así como el resto de procesados y en situación de prisión provisional.

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