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El TC suspende cautelarmente la investidura a distancia de Puigdemont

El Pleno ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la reforma que permitía la investidura de Puigdemont, huido en Alemania.

Sede del Tribunal Constitucional | Archivo

La reforma de la Ley de Presidencia de Cataluña está suspendida cautelarmente. El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Gobierno de la nación, de forma que la investidura a distancia, aprobada por los partidos separatistas para la proclamación de Carles Puigdemont, queda sin efecto hasta que el Pleno resuelva sobre el fondo de la cuestión en un plazo máximo de cinco meses.

Los doce magistrados firman la providencia por unanimidad y advierten al presidente del Parlamento catalán Roger Torren y a los demás miembros de la Mesa de su deber de acatar la decisión del Pleno.

El recurso del Gobierno, elaborado por la Abogacía del Estado, sostiene que la reforma de la ley vulnera el artículo 23 de la Constitución, relativo al ejercicio de cargos públicos, así como el Estatuto de Autonomía de Cataluña y el Reglamento del Parlamento catalán. El Consejo de Estado ratificó este criterio en un dictamen según el cual "el debate de investidura no puede celebrarse en ausencia del candidato".

El órgano consultivo se encomendó al Reglamento del Parlamento de Cataluña, que "exige, dentro del marco estatutario, que tanto la investidura del presidente de la Generalitat como en la moción de censura y la cuestión de confianza se desarrollen con la presencia de la persona que demanda la confianza parlamentaria".

El TC acuerda notificar personalmente al presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, y a los demás miembros de la Mesa y que se les advierta de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada.

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