El Consejo de Garantías Estatutarias ha emitido un dictamen sobre la reforma de la ley de la presidencia de la Generalidad en el que no avala una investidura a distancia, como plantea JxCat para Carles Puigdemont, al considerar que no encaja en la legalidad vigente.
En su dictamen -solicitado por Ciudadanos y el PSC- sobre la reforma de la ley de la presidencia impulsada por JxCat para permitir una investidura a distancia de Carles Puigdemont, el Consejo de Garantías señala además que esta propuesta "no cumple los requisitos" que establece el reglamento del Parlament "para poder ser tramitada y aprobada por el procedimiento legislativo excepcional de lectura única".
El procedimiento de lectura única, añade el texto, "no es apto para modificar aspectos sustanciales de las leyes de desarrollo básico del Estatut".
El dictamen, firmado por Àlex Bas, miembro del Consejo de Garantías Estatutarias que ejerció de asesor del grupo parlamentario de CiU, remarca asimismo que la reforma que permitiría al candidato a la investidura remitir por escrito su discurso, sin necesidad de asistir al hemiciclo, "invade una materia que está reservada al reglamento del Parlament", por lo que "vulnera" el Estatut.
"En la medida en que permite una investidura en la cual el candidato o candidata está ausente de la cámara, no expone su programa oralmente ante el pleno e, incluso, no se somete a las intervenciones, preguntas, réplicas y contrarréplicas de los diputados intervinientes, constituye una modificación del reglamento parlamentario al margen del procedimiento establecido", subraya.
Por otra parte, el Consejo de Garantías Estatutarias, que ve inconstitucionales y contrarias al Estatut varias de las enmiendas presentadas por JxCat a su propia reforma, tampoco ve amparo legal en la posibilidad de que el Govern celebre sus reuniones fuera de Cataluña.
El Estatut, recuerda, establece que la "sede permanente" del Gobierno catalán es Barcelona, "sin perjuicio de que se pueda reunir en otros lugares de Cataluña", de manera "ocasional".
Para el Consejo de Garantías, "es innegable que los medios electrónicos constituyen una herramienta muy útil para que, cuando las circunstancias del caso lo justifiquen", se "agilice" la actuación del Ejecutivo catalán.
Pero "esto no significa", aclara, que sea "imaginable ni constitucional ni estatutariamente admisible que las sesiones a distancia del Govern desplacen el régimen general de las sesiones presenciales en la sede permanente" del Gobierno catalán.
La Mesa del Parlament fijó este miércoles que se abra un periodo de tres días para presentar las enmiendas subsiguientes al dictamen, un plazo que finalizará el miércoles 2 de mayo a las 18.00 horas, puesto que el día 1 es festivo, para que la reforma de la ley pueda ser votada en el pleno del 3 de mayo.