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Eroski aclara que la grabación de Cifuentes se destruyó a los 30 días tal y como exige la ley

El supermercado manifiesta su "sorpresa" por la filtración y se pone a disposición de la Policía.

Eroski asegura que el material grabado en la tienda en la que, hace siete años, se grabó el registro del bolso de la ya expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, entonces propiedad de la cooperativa, se destruyó en menos de 30 días, de acuerdo con su protocolo de seguridad.

La compañía se ha referido, de esta forma, al vídeo difundido este miércoles por Ok Diario en el que se observa cómo Cifuentes tuvo que vaciar su bolso a petición del vigilante de seguridad de un hipermercado en el año 2011, cuando era vicepresidenta de la Asamblea de Madrid.

En un comunicado, la empresa de distribución vasca ha mostrado su sorpresa por "la publicación hoy de un vídeo en relación con un hurto realizado en 2011" en uno de sus antiguos hipermercados en Madrid, "que fueron vendidos a otro operador ese mismo año".

Eroski ha asegurado que siguiendo su protocolo de seguridad, las grabaciones realizadas por el sistema de videovigilancia de sus establecimientos "son destruidas automáticamente en un plazo menor de 30 días".

Además, ha puntualizado que, "dentro del marco legislativo vigente en 2011", las copias de grabaciones de videovigilancia "debían ser realizadas exclusivamente dentro de la cadena de custodia garantizada por el servicio de vigilancia contratado".

En este sentido, la cooperativa ha señalado que "toda la documentación" relacionada con temas de seguridad de esa tienda "fue destruida tras su traspaso al nuevo operador".

Por último, Eroski ha asegurado que "durante esta mañana", se ha puesto a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad "a los efectos oportunos".

La filtración, un delito

Conservar imágenes grabadas por un circuito de seguridad es un delito tipificado por las leyes de Seguridad Privada y de Protección Privada, que obliga a eliminar las grabaciones en el plazo máximo de un mes. La única excepción es que los vigilantes observen un delito en las imágenes y lo denuncien ante la Policía, algo que no ocurrió en el caso de Cifuentes. También se conservan si son requeridas policial o judicialmente, hasta que los agentes las recojan.

Las imágenes se graban en discos duros que normalmente tienen capacidad para varios días y, si no hay incidentes, cuando se acaba esa capacidad se graba encima, sobre las imágenes antiguas. Sólo ven las imágenes el vigilante, el jefe de seguridad y el dueño del local. Las imágenes deben ser custodiadas sin que nadie más acceda a ellas, informa Efe. El vigilante que incumpla la normativa podría enfrentarse a multas e incluso la inhabilitación.

Por otro lado, también incurrirían en delitos tipificados en el Código Penal los autores de la filtración así quienes lo publiquen: el artículo 197, relativo a la intimidad y la propia imagen, establece que se impondrán penas de prisión de uno a cuatro años multa de doce a 24 a meses a quien

"... sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

Además, se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores. Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

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