Carles Puigdemont ha esperado a sus abogados en la cárcel de Neumünster, una ciudad de 77.000 habitantes cercana a la frontera de Alemania con Dinamarca. El fugado expresidente de la Generalidad habría pasado a disposición judicial antes de las 11:15H de este jueves, puesto que la normativa comunitaria establece un máximo de 24 horas de detención por Orden Europea. Sin embargo, el propio arrestado ha solicitado una prórroga que ha usado su defensa para desplazarse desde Bélgica. Aprovecharán el viaje para la confección de una nueva estrategia exenta de las facilidades para el amparo que habrían conseguido de la administración flamenca.
El letrado Jaume Alonso-Cuevillas, que dirige la defensa de Puigdemont junto con el belga Paul Bekaert, ha avanzado los argumentos de su cliente. El líder de Juntos por Cataluña expondrá los "motivos fundados" de sus sospechas de que en España no dispondrá de "un juicio justo". Entiende el abogado que, aunque la nuestra es una de las legislaciones "más garantistas de Europa, no se respetarán esas garantías".
En cualquier caso, el huido ha comparecido esta tarde ante el magistrado de distrito de Scheleswig–Holstein, la primera estancia del lugar de la detención. El juez comprobará su identidad, le comunicará sus derechos y le preguntará si desea ser entregado a España. Puesto que previsiblemente rechazará esta opción, Puigdemont explicará sobre la base de qué argumentos prefiere la jurisdicción alemana.
El juez de distrito puede dictar la prisión provisional del requerido hasta que el llamado Tribunal Suprerior del land resuelva los recursos y determine si se produce o no la entrega de forma definitiva. De acuerdo con la legislación de la materia, el fallo se conocerá en un máximo de 60 días desde el inicio del procedimiento. Si deniega la extradición, será en una resolución motivada. Si acepta la reclamación de la Justicia española, la entrega se llevará a cabo en hasta diez días más.
El de rebelión no se encuentra en la lista de los 32 delitos exentos de "control de la doble tipificación" en la normativa europea, que emplaza al país que recibe la orden a valorar si la conducta atribuida al fugado es también ilegal en su Código Penal. La legislación belga no incluía una figura equivalente a nuestra rebelión. Sin embargo, el artículo 81 del CP alemán establece la pena máxima y a partir de diez años para "quien intente con violencia o bajo amenaza de violencia perjudicar la continuación de la existencia de la República Federal alemana o cambar el orden constitucional, basado en la Constitución alemana". Más adelante, el artículo 83 fija penas de entre uno y diez años para la "preparación de una operación de alta traición".
Escondidos en Bruselas
Tal y como marca la regulación de la Orden Europea de Detención, el procedimiento comienza con la comunicación entre la Fiscalía de ambos Estados. La representación del Ministerio Público en Bruselas examina el requerimiento de España en relación a los exconsejeros catalanes Toni Comín, Meritxell Serret y Lluís Puig.
Según fuentes jurídicas, han contactado con los abogados de los separatistas procesados para que, a diferencia de lo ocurrido en España, acudan voluntariamente al llamamiento. La Fiscalía belga ha pedido información adicional sobre la euroorden y no ha solicitado ninguna medida cautelar puesto que "no existe riesgo manifiesto de fuga".
Comín es el único al que el juez Llarena incrimina por rebelión, además del delito de malversación de fondos públicos. Serret y Puig, además del desvío de caudales, están procesados por desobediencia, cuya pena de cárcel es inferior a dos años.
Los pasos en Bélgica son idénticos al escenario alemán, con la salvedad de las diferencias en el Código Penal. Los exconsejeros se opondrán a la extradición ante el juez de instrucción y la decisión pasará a la Cámara del Consejo en primera instancia. Un magistrado determinará en quince días si la orden es ejecutable o no. Las partes podrían recurrir primero al Tribunal de Apelación y luego a Casación.
Los 60 días de plazo para resolver la Orden Europea de Detención pueden alargarse otros 30 únicamente en casos excepcionales.
Complicidad en Escocia con Ponsatí
La policía escocesa confirmó vía Twitter que había recibido la euroorden contra la exconsejera de Educación Clara Ponsatí, que regresó a su residencia en una ciudad costera al noreste de Edimburgo, Saint Andrews, donde trabaja como profesora de Economía en la universidad. El abogado que dirige la defensa ha contactado ya con el cuerpo de seguridad en aras de un pacto de entrega voluntaria.
Ponsatí reconoció que el Gobierno de Puigdemont y el separatismo cometieron errores después del referéndum ilegal del 1-O: "Hemos recibido un gran batacazo. Tenemos que reconocer los grandes fracasos y que nos costará recuperarnos".
La primera ministra de Escocia Nicola Sturgeon ha mostrado el apoyo de su grupo "a la autodeterminación catalana" y la "fuerte oposición a los encarcelamientos de los políticos pro independencia". Puesto que en Escocia el poder ejecutivo no interviene en el procedimiento de extradición, ha reconocido que "nuestra policía y nuestros tribunales están obligados a mantener el proceso debido. Sé que a muchos les gustaría que el Gobierno escocés pudiera hacer más, pero espero que también entiendan la posición que ya he esbozado y la importancia de proteger el proceso legal y la independencia de nuestro ordenamiento jurídico".
El oasis suizo
La secretaria general de ERC Marta Rovira siguió los pasos de Anna Gabriel. La exportavoz de la CUP eligió en febrero una huida a Suiza por las posibilidades que ofrece el país helvético. En el caso de Gabriel, Llarena no ha reactivado la OED porque está procesada únicamente por desobediencia, delito que conlleva penas de cárcel inferiores a dos años, mínimo efectivo para el ingreso en prisión.
La solicitud a nivel europeo y extracomunitario –que podría establecer límites para el enjuiciamiento en caso de una hipotética entrega– que sí se produce en el caso de Rovira –procesada por rebelión– parece más complicada.
Al no ser miembro de la UE, el instrumento para recuperar a un fugado en Suiza es la extradición desarrollada en el tratado bilateral suscrito entre los dos estados. Éste se concede si por lo menos una de las infracciones imputadas está sancionada tanto en Suiza como en el extranjero y da lugar a extradición en las dos legislaciones.
El Código Penal suizo sí tipifica los intentos de "cambiar mediante la violencia la Constitución" o de "separar mediante la violencia parte del territorio". El apartado Crímenes o delitos contra el Estado y la defensa nacional en su artículo 265 prevé penas "de al menos un año" para los que cometan "actos destinados a modificar por la violencia la Constitución o la Constitución de un cantón, derrocar por la violencia a las autoridades políticas instituidas por la Constitución o impedir por la violencia que ejerzan su poder; también separar por la violencia una parte del territorio suizo".
No obstante, aquí se trata de un procedimiento entre Estados, no entre jueces, de forma que el Poder Ejecutivo interviene de forma determinante en la decisión. La interpretación suiza del tratado bilateral, uno de los más antiguos porque fue firmado en 1884, establece que "la extradición puede denegarse si el procedimiento en el extranjero es contrario a los principios de la Convención europea de los DH o tiende a perseguir o castigar a la persona por sus opiniones políticas, su pertenencia a un grupo social, o por consideraciones de orden racial, religioso o de nacionalidad".
En este sentido, una portavoz del Gobierno helvético se posicionó a favor de los separatistas imputados cuando conoció la presencia de Anna Gabriel en su territorio.