La ANC y Ómnium pagan los 60.000 euros de fianza a Marta Rovira
El abono de la caución se ha producido dentro del plazo de diez días habilitado por el juez Llarena, de forma que la nº2 de ERC elude la prisión.
La defensa de Marta Rovira ha depositado en el Tribunal Supremo los 60.000 euros de fianza impuestos por el juez Pablo Llarena. Es la medida cautelar para asegurar su sujeción al procedimiento judicial por presuntos delitos de rebelión, sedición y malversación. La número dos de ERC abona la cantidad mediante la llamada caja de solidaridad de la Asamblea Nacional Catalana y Ómnium Cultural dentro del plazo de diez días fijado por el instructor, de forma que elude el ingreso en prisión provisional.
Llarena reordenó la instrucción con las comparecencias de los nuevos investigados. Sitúa como eje a Marta Rovira, cuya aportación "a la consecución de la segregación territorial vendría de la mano de una responsabilidad política del mayor nivel, no sólo en el seno del partido. La importancia política de su figura resulta plenamente coherente con que la investigada tuviera una función decisoria en la concepción y en la ejecución de un proceso soberanista que fue el centro de la actividad política durante la legislatura, como se le atribuye en el documento Enfocáis intervenido con ocasión de la entrada y registro practicados en la vivienda de Josep María Jové".
Existen otros elementos que refuerzan la imputación de Rovira: "Más allá de su actividad parlamentaria, la investigada ha jalonado sus responsabilidades políticas con declaraciones públicas en las que divulga su iniciativa, al tiempo que describía los actos posteriormente ejecutados que permitían incumplir las trabas legales que impedían el objetivo colectivo que les impulsaba. También una agenda en la que se refleja la participación de la investigada en diversas reuniones totalmente ajenas a su portavocía parlamentaria donde se debatía la estrategia que debía seguirse para lograr la independencia, adoptándose precisamente las decisiones que resultaron posteriormente estimuladas".
Está acreditado que Rovira impulsó personalmente la Ley del referéndum del 1-O y de "transitoriedad jurídica y fundacional de la república" a sabiendas de su prohibición por el Tribunal Constitucional. "Y, por último, las evidencias más marcadas son diversas conversaciones telefónicas donde se aprecia que la investigada participaba, con una clara capacidad ‘tocona’, en la organización y provisión de los centros de votación en los que pretendía celebrarse aquel referéndum ilegal que habla de conducir a la declaración de independencia".
Según el auto de Llarena, el riesgo de fuga por la grave responsabilidad que se investiga "y que ha llevado incluso a la fuga de algunos de los investigados se aprecia muy mitigado en el caso de Marta Rovira. No sólo por el arraigo personal, familiar y laboral que se aprecia en la investigada, sino por el que ha sido su comportamiento en los últimos meses, que no ofrece ningún atisbo de posible ocultación hasta el punto de que ninguna acusación ha denunciado tal peligro durante los casi dos meses que han mediado desde su llamada. En todo caso, el riesgo no se desvanece de modo absoluto".
La posibilidad de que vuelva a las iniciativas para lograr la independencia de Cataluña "no se desdibuja" a juicio del magistrado. "Se observa la presencia de dos elementos que pueden propiciar ese regreso, concretamente destaca el expreso discurso que formulan algunos de los presuntos copartícipes del comportamiento que se investiga, así como que se hayan intervenido varios documentos que reflejan que los investigados previeron y compartieron la resolución de perseverar en sus planes de actuación, aunque se produjera una reacción del Estado del rigor de la que hubo de desplegarse en Cataluña".
Memoria de la causa
El auto incluye una recopilación del desarrollo del procedimiento por los delitos de rebelión sedición y malversación en el Tribunal Supremo con un inventario de los investigados: la presidenta de la Mesa del Parlamento que permitió la declaración de independencia Carme Forcadell y sus integrantes Lluís María Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet; los miembros del Gobierno de Cataluña cesado en virtud del artículo 155 de la Constitución –el expresidente Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros Jordi Turul, Raül Romeva, Antonio Comín, Josep Rull, Dolors Bassa, Meritxell Borras, Clara Ponsatí, Joaquim Forn, Lluis Puig, Caries Mundo, Santiago Vila y Meritxell Serret–; y los líderes de las entidades separatistas Jordi Sánchez de la ANC (Asamblea Nacional Catalana) y Jordi Cuixart de Òmnium Cultural.
El juez instructor Pablo Llarena desarrolla que, por auto de 22 de diciembre de 2017, se acordó ampliar el espacio de investigación a la portavoz a la fecha de Juntos por el Sí y secretaria general de Esquerra Republicana de Cataluña Marta Rovira, la presidenta del grupo parlamentario de la CUP Mireia Boya y la portavoz Anna Gabriel, el entonces presidente del PDeCat Artur Mas y la coordinadora general de la formación Marta Pascal y la exdirectora de la AMI (Asociación de Municipios por la Independencia Neus Lloveras.
La causa por semejantes delitos contra quien fuera Mayor Josep Lluís Trapero y otros miembros de los Mossos corresponde todavía a la juez Carmen Lamela, titular del Juzgado de Instrucción nº3 de la Audiencia Nacional.
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