Junqueras, a la desesperada: pide la libertad al TC antes de recurrir a Estrasburgo
El presidente de ERC alega que la prisión vulnera sus derechos fundamentales y que la Justicia española le está penalizando por su ideología.
Oriol Junqueras agotará todas sus opciones de libertad provisional. El presidente de ERC acude ahora al Constitucional, el mismo Tribunal que desobedeció por sistema como vicepresidente de la Generalidad. Como adelantó Libertad Digital, pide amparo a los magistrados como paso preceptivo antes de que su abogado eleve la situación al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Son 44 folios de defensa en los que el líder de Esquerra Republicana argumenta, entre otras cuestiones, que el Supremo no es competente para la investigación del proceso separatista relativa a cargos autonómicos que estarían aforados en el Superior de Justicia de Cataluña.
El dirigente separatista ha argumentado reiteradamente que su estancia en la cárcel de Estremera (Madrid) vulnera su derecho a la participación política como diputado electo en los comicios del 21 de diciembre. Entre otras cosas, porque así no participa en las negociaciones que mantienen los separatistas para la formación del Gobierno catalán, congeladas ahora y con el temor de Junqueras de que esta parálisis con sus aspirantes a socios desemboque en unas nuevas elecciones.
La defensa de Junqueras sostiene en líneas generales que la Justicia española está penalizando su ideología y lesionando sus derechos fundamentales como la libertad política, la representación parlamentaria, la presunción de inocencia y su derecho de defensa. Cita jurisprudencia de Estrasburgo sobre la restricción de libertad, que "debe adoptarse siempre de manera excepcional".
Argumentos que sustentan la prisión
El peligro que supone Junqueras en libertad motivó la medida cautelar de prisión incondicional. La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha rechazado los recursos del líder de Esquerra porque existe un riesgo relevante de reiteración delictiva ante la ausencia de "ningún dato que permita entender que el recurrente tiene la intención de abandonar la vía seguida hasta ahora", la del pulso al Estado de Derecho.
Los magistrados destacaron que defender la opción política de independencia de una parte del territorio nacional es legítimo, puesto que la Constitución admite la defensa de cualquier posición política incluidas las que defienden la desaparición de la misma Constitución, pero ha de propugnarse sin cometer delito alguno. Aclaró la resolución que la causa no se impulsó para perseguir la disidencia política ni la opción independentista, por lo que "no puede hablarse de presos políticos".
La Sala entendió que la actuación de Junqueras podía encuadrarse en los delitos de rebelión, sedición y malversación. En este sentido, destaca que pretender la declaración de independencia fuera de cualquier vía de Derecho y anunciando la firme voluntad de incumplir las decisiones del Tribunal Constitucional, incitando, junto al resto de partícipes en el plan, a sus partidarios a movilizarse en la calle y forzar al Estado a aceptar la independencia, suponía asumir y aceptar "previsibles y altamente probables episodios de violencia para conseguir la finalidad propuesta".
Sobre la afectación a su derecho a participar en elecciones y en el proceso político, el Supremo destaca que este último es un derecho básico en democracia, pero que su efectividad no puede dejar sin efecto las consecuencias propias de un proceso penal, menos aun cuando se incoa imputando delitos muy graves. En definitiva, explica que el ejercicio de algunos cargos políticos no supone la impunidad. Además, recuerda que Junqueras ya sabía cuando concurrió a las elecciones que existía este proceso penal y que ello podría limitar su actividad política en algún aspecto.
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