En octubre de 2017, Europa Press daba cuenta de que la jueza Núñez Bolaños, que instruye los sumarios separados del caso ERE, había decidido excluir al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez de la pieza separada por el ERE de Matadero de Fuente Obejuna. Pero el Tribunal de Cuentas reclama en el BOE a Juan Márquez el pago de 150.000 euros por haber metido cuatro intrusos en tal expediente de regulación de empleo (ERE) financiado por la Junta.
La jueza Núñez Bolaños tomó su decisión de excluirlo de la pieza separada para seguir el criterio de la Audiencia Provincial de Sevilla, que dictaminó que sólo hubiera un juicio para los ex altos cargos imputados en la pieza política. Dado que la jueza consideró que ya estaba siendo investigado en la pieza política que se juzga, decidió su exclusión a petición de su defensa para no incurrir en "persecución penal". Tal decisión le libraba, naturalmente, de toda responsabilidad económica en el caso por haber introducido a intrusos en el ERE que se beneficiaron del dinero de la Junta.
La confusión surge cuando el Tribunal de Cuentas, que es un Tribunal, mediante un edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado día 3 de febrero, ha reclamado al ex director general de Trabajo de la Junta, Juan Márquez, excluido en la pieza separada, el pago de 150.000 eros abonados a intrusos en el expediente de regulación de empleo del Matadero de Fuente Obejuna.
La publicación como edicto en el BOE ha sido necesaria ante la imposibilidad de encontrar su domicilio, a pesar de que está imputado en varios. Dice el Tribunal de Cuentas: "Dado que no se ha podido practicar notificación al efecto de la liquidación a todos los declarados presuntos responsables, procede… proceder a la comunicación edictal," tras "los infructuosos intentos de notificación".
En el caso de Márquez, excluido por la jueza precisamente en la pieza que instruía el caso del ERE del Matadero de Fuente Obejuna ordenado por el propio Márquez, el edicto del Tribunal de Cuentas da cuenta de que fue él mismo quien consintió la existencia de cuatro intrusos por lo que le reclama juntamente con la Asociación sociolaboral de los extrabajadores del Matadero, el pago de 124.023.93 euros, más otros 22.596,47 por los intereses, con amenaza de embargo en caso de no pagar.
Además, el Tribunal de Cuentas, en su edicto, se refiere a la póliza suscrita por la Asociación Faja Pirítica, en la que apareció un intruso. Dado que el pago lo ordenó el mismo Juan Márquez el Tribunal le reclama 2.589,18 euros (más 471,73 euros de intereses), que habrá de pagar solidariamente con la asociación que figura como tomadora de la póliza.
La pregunta que se deduce es qué habría pasado con estos hechos y estos dineros de no haber intervenido el Tribunal de Cuentas, tras la exclusión de Juan Márquez de la pieza concreta del ERE del Matadero de Fuente Obejuna, lo que no parece vaya ser caso único en el marasmo judicial donde nadie sabe quién será responsable de los dineros públicos defraudados en la Junta de Andalucía, más de 800 millones según la instrucción final.
Destaca ABC la confusión generada, además, por los criterios cambiantes y contradictorios de la jueza Núñez Bolaños. Ahora, la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que investiga irregularidades en las ayudas para cursos de formación, ha admitido parcialmente una prueba propuesta por la defensa del exconsejero y empresario Ángel Ojeda Avilés.
Se trata de que sean investigadas otras entidades que recibieron subvenciones excepcionales de la Junta de Andalucía para formar a los 1.904 extrabajadores de la fábrica de automoción Delphi, ubicada en Puerto Real (Cádiz) y no sólo las cinco asociaciones vinculadas al grupo Prescal presidido por Ojeda que recibieron casi 34 millones de euros.
Pero la misma prueba fue solicitada por el PP andaluz seis meses antes y fue rechazada por la propia jueza. En un escrito de apelación, el PP andaluz dice a la instructora que "vulnera groseramente el derecho a la tutela judicial efectiva establecido en la Constitución Española en el artículo 24, pareciendo que ha olvidado que el derecho a la tutela judicial efectiva, igualdad de armas o el derecho a la prueba asiste a todas las partes y no sólo a algunas de ellas".
La cosa llega a tal punto que la jueza negó la misma prueba al PP acusándolo de buscar una "causa general" o inquisitio generalis basándose en que la Fiscalía aseguraba que no había hechos indiciarios que avalasen dicha investigación "prospectiva". Todo ello confirma el enfrentamiento sistemático ya entre la jueza y la acusación del PP en el caso del fraude de la formación.
Ahora, la misma jueza ante la misma solicitud de prueba presentada ahora por la defensa del imputado ex consejero socialista, Ángel Ojeda, acepta requerirle a la Junta los expedientes completos de subvenciones de las entidades beneficiarias de fondos Gadir Solar, SK 10 Composite Aeroespacial y SK 10 Desarrollo y Tecnología.