El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Parlament contra el acuerdo del Senado que aprobó la aplicación del artículo 155 en Cataluña.
El alto tribunal ha acordado admitir el recurso, pero al mismo tiempo ha paralizado su tramitación, debido a que la Generalidad de Cataluña es parte en el procedimiento y debe hacer alegaciones, pero en este momento, y precisamente por la aplicación del citado artículo, su lugar es ocupado por el Gobierno central. Así, el TC ha paralizado el plazo de alegaciones del Govern "con el fin de evitar un conflicto en la defensa de los intereses del Estado y de la Comunidad Autónoma de Cataluña".
El citado plazo de alegaciones queda suspendido en tanto el Consejo de Ministros ejerza las funciones y competencias que corresponden a la Generalidad, dice el alto tribunal en su resolución.
El Constitucional ya admitió a trámite un recurso de Podemos contra el citado acuerdo del Senado y tomó esta misma decisión. Por otro lado, la admisión a trámite no implica la paralización de las funciones que viene ejerciendo el Gobierno en Cataluña, ni determina cuál será el sentido del fallo del alto tribunal, sino simplemente que el Constitucional tramitará el recurso y se pronunciará sobre el fondo del mismo.
El Parlament recurrió ante el Tribunal Constitucional (TC) la activación del artículo 155 el pasado 8 de enero, al entender que vulneró el principio de autonomía y de participación política y se aplicó de forma "desproporcionada", ante una "mera declaración retórica" del expresidente catalán Carles Puigdemont.
Su recurso de inconstitucionalidad argumenta que las medidas del 155 supusieron una suspensión "de facto" de la autonomía catalana y, con la disolución del Parlament, acarrearon un "control político de conveniencia", situando a la cámara catalana "en una posición de subordinación jerárquica" respecto al Gobierno.