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La Junta Electoral expedienta a Cataluña Radio por su “tono electoralista”

En respuesta a un recurso del PP, sostiene que el espacio El Matí funciona "al servicio" de las candidaturas separatistas.

En respuesta a un recurso del PP, sostiene que el espacio El Matí funciona "al servicio" de las candidaturas separatistas.
Mònica Terribas | Catalunya Radio

La Junta Provincial de Barcelona investiga el "tono electoralista" del programa matinal de Cataluña Radio. Pese a que este mismo órgano había rechazado el recurso del Partido Popular en primera instancia, la Junta Electoral Central –compuesta por magistrados del Tribunal Supremo y catedráticos en Derecho– ha revocado la resolución. Ordena la incoación de un expediente sancionador contra la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales por la vulneración del principio de neutralidad política en el espacio El Matí.

El pronunciamiento parte de las alegaciones del PP contra editoriales de la presentadora Mònica Terribas. Cargó contra la "represión injusta" sobre el "gobierno legítimo de Cataluña" en referencia a Carles Puigdemont y sus exconsejeros cesados en virtud del artículo 155 de la Constitución. Arremetió también contra el propio Partido Popular y Ciudadanos por negarse a abrir una comisión de investigación sobre la actuación policial durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Por último, criticó a senadores populares que resultaron agraciados con el premio de un cupón acabado en 155.

La Junta Electoral Central da la razón al PP contra la cobertura informativa del programa El Matí de los pasados 28 y 30 de noviembre. Hace "directamente responsable" a la cadena pública, Cataluña Radio, porque refleja un "tono partidista y electoralista" abiertamente favorable a formaciones separatistas. Además, Terribas hace una "alusión jocosa" a anteriores resoluciones de la JEC y mantiene la idea implícita de que existe "represión estatal".

De acuerdo con la resolución de los juristas, ese discurso pone un espacio radiofónico público "al servicio" de las candidaturas rupturistas y en contra del resto, lo que produce una vulneración de los principios de neutralidad informativa y de pluralismo político que los medios de comunicación de titularidad pública deben respetar en periodos electorales. La Junta Electoral Central contradice así el argumento de la Junta Provincial de Barcelona, que asegura que el editorial carece de incidencia electoral relevante.

El fallo insta a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales a que adopte las medidas necesarias para evitar que se puedan seguir conculcando los principios de neutralidad informativa.

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